Se Autoriza La Construcción De Una Tranvía De Vapor Entre Jinotepe Y Santa Teresa

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Transporte Rango: Decretos Legislativos - (SE AUTORIZA LA CONSTRUCCIÓN DE UNA TRANVÍA DE VAPOR ENTRE JINOTEPE Y SANTA TERESA) Aprobado el 14 de Febrero de 1934 Publicada en La Gaceta No. 136 del 18 de Junio de 1934 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, A sus habitantes, SABED: Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, DECRETAN: Artículo 1.- Se autoriza al Poder Ejecutivo, para que proceda a la construcción de una vía de tranvías de vapor entre Jinotepe y Santa Teresa, departamento de Carazo, debiendo ser su construcción como prolongación de la del Ferrocarril del Pacífico, para que más tarde pueda ser empalmado con la línea férrea que una a las ciudades de Nandaime y Rivas. Artículo 2.- El valor que se invierta en este trabajo lo tomará el Ejecutivo de cualquier suma disponible, o que se dedique a obras públicas. Artículo 3.- Una vez construida la vía a que se refiere el Arto. 1º, el Ejecutivo la pondrá bajo la administración de la Gerencia del Ferrocarril del Pacífico. Artículo 4.- Esta ley empezará a surtir sus efectos desde su publicación en La Gaceta. Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara del Senado.- Managua, D. N., 14 de Febrero de 1934. José D. Estrada, S. P. Modesto Armijo, S. S. Luciano García, S. S. (Aquí un Sello de la Cámara del Senado). Poder Ejecutivo.- Cámara de Diputados.- Managua, D. N., 5 de Junio de 1934. Arturo Cruz, D. P. S. Rizo G., J. Ant. Bonilla, D. S. (Aquí un Sello de la Cámara de Diputados). Por Tanto:- Ejecútese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., 8 de Junio de 1934. JUAN B. SACASA. (Aquí el Gran Sello Nacional). ISAAC MONTEALEGRE, Ministro de Fomento. (Aquí el sello del Ministerio de Fomento y Anexos). -