(Se Aprueba La Memoria De Guerra, Marina Y Anexos Del Año 1934)

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativo Rango: Decretos Legislativos - (SE APRUEBA LA MEMORIA DE GUERRA, MARINA Y ANEXOS DEL AÑO 1934) Aprobada el 14 de Junio de 1935 Publicado en La Gaceta No. 164 del 26 de Julio de 1935 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, A sus habitantes, SABED: Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, DECRETAN: Artículo 1º.- Apruébense los actos del Poder Ejecutivo en el ramo de Gobernación, Marina y Anexos, llevados a cabo en el período comprendido entre el 15 de noviembre de 1933 y el 30 de noviembre de 1934, y de los cuales ha dado cuenta al Congreso el Sr. Ministro Dr. Julián Irías. Artículo 2º.- Esta ley empezará a regir desde su publicación en La Gaceta. Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, D. N., 14 de Junio de 1935.- S. Rizo G., D. P. J. Ant. Bonilla, D. S.- J. M. Sandino, D. S. Al Poder Ejecutivo:- Cámara de Senado.- Managua, D. N., 3 de Julio de 1935.- José D. Estrada. S. P.- Leonidas S. Mena, S.S.- Alberto Gómez, S.S. Por Tanto:- PUBLÍQUESE.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., doce de Julio de mil novecientos treinta y cinco.- JUAN B. SACASA.- J. IRÍAS, Ministro de la Gobernación, Marina y Anexos. -