(Se Aprueba La Memoria De Fomento Del Año 1934)

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativo Rango: Decretos Legislativos - (SE APRUEBA LA MEMORIA DE FOMENTO DEL AÑO 1934) Aprobado el 26 de Junio de 1935 Publicado en La Gaceta No. 154 del 15 de Julio de 1935 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, A sus habitantes, SABED: Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, DECRETAN: Artículo 1º.- Apruébense los actos del Poder Ejecutivo en el ramo de Fomento y Anexos, llevados a cabo en el período comprendido entre el 10 de Noviembre de 1933 y el 31 de Octubre de 1934, y a que se refiere la Memoria presentada al Congreso por el señor Ministro Dr. Isaac Montealegre. Artículo 2º.- El presente Decreto regirá desde su publicación en La Gaceta. Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, D. N., 26 de Junio de 1935.- S. Rizo G., D. P. J. Ant. Bonilla, D. S. J. M. Andino, D. S. Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.- Managua, D. N., 3 de Julio de 1935.- José D. Estrada, S. P.- Leonidas S. Mena, S. S. Alberto Gómez, S. S. (Aquí el Sello de la Secretaría del Senado). Por Tanto: PUBLÍQUESE.- Managua, D. N., Casa Presidencial, once de Julio de mil novecientos treinta y cinco. JUAN B. SACASA. (Aquí el Gran Sello Nacional) ISAAC MONTEALEGRE, Ministro de Fomento y Obras Públicas. (Aquí el Sello del Ministerio de Fomento y Obras Públicas). -