Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativo
Rango: Decretos Legislativos
-
(SE APRUEBA LA MEMORIA DE
AGRICULTURA Y TRABAJO DEL AÑO 1934)
Aprobada el 19 de Julio de 1935
Publicada en La Gaceta No. 165 del 27 de Julio de 1935
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
A sus habitantes,
SABED:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Se aprueban los actos del Poder Ejecutivo
llevados a cabo en el ramo de Agricultura y Trabajo, en el lapso
comprendido entre el 10 de diciembre de 1933 y el 30 de Noviembre
de 1934, a que se refiere la Memoria respectiva, presentado al
Congreso por el señor Ministro Dr. Isaac Montealegre.
Artículo 2º.- Esta ley empezará a regir desde su publicación
en La Gaceta.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara del Senado.- Managua, D.
N., 19 de Julio de 1935.- S. Rizo G., D. P. J. Ant. Bonilla,
D. S.- J. M. Sandino, D. S. (Un Sello).
Al Poder Ejecutivo:- Cámara del Senado.- Managua, D. N., 18 de
Julio de 1935.- José D. Estrada, S. P.- Leonidas S. Mena, S. S.-
Fernando Saballos, S. S.
Por Tanto: PUBLÍQUESE.- Managua, D. N., Casa Presidencial, diez y
nueve de julio de mil novecientos treinta y cinco.- JUAN B.
SACASA. (Gran Sello Nacional). El Secretario de Estado en el
Despacho de Agricultura y Trabajo, ISAAC MONTEALEGRE. (Un
Sello)
-