Se Aprueba La Convención Radiotelegráfica Internacional Y Sus Reglamentos General Y Adicional

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Legislativos - (SE APRUEBA LA CONVENCIÓN RADIOTELEGRÁFICA INTERNACIONAL Y SUS REGLAMENTOS GENERAL Y ADICIONAL) Aprobado el 4 de Agosto de 1932 Publicado en La Gaceta No. 194 del 10 De Septiembre de 1932 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, A sus habitantes SABED: Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, DECRETAN: Único.- Aprobar en todas sus partes la Convención Radiotelegráfica Internacional y sus Reglamentos General y Adicional, actos suscritos en Washington el 25 de noviembre de 1927. Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara del Senado. Managua, D. N., 4 de agosto de 1932.- J. DEMETRIO CUADRA, S. P.- R. TAPIA MONCADA, S. S.- TOMÁS PEREIRA, S. S. Al Poder Ejecutivo. Cámara de Diputados. Managua, D. N., 5 de agosto de 1932.- C. URBINA h., D. P.- H. ALVARADO, D. S.- J. EZEQ. FERNÁNDEZ, D. S. Por Tanto: EJECÚTESE. Palacio del Ejecutivo. Managua, D. N., 11 de agosto de 1932.- J. M. MONCADA.- El Ministro de Relaciones Exteriores por la ley, A. SOMOZA. -