Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Decretos Legislativos
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(SE ANEXA LA ADMINISTRACIÓN
GENERAL DE ESPECIES FISCALES A LA TESORERÍA GENERAL)
DECRETO No. 37, Aprobado el 17 de Febrero de 1922
Publicado en La Gaceta No. 60 del 14 de Marzo de 1922
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
A sus habitantes,
SABED:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
DECRETO No. 37
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA,
DECRETAN:
ÚNICO: Para la mayor expedición de los servicios
comprendidos por el Presupuesto General de Gastos y a partir del 1
de julio del presente año, se deroga el artículo 5 de la Ley de
Presupuesto de 19 de febrero de 1921; y por la presente ley, queda
Anexo a la Administración General de Especies Fiscales a la
Tesorería General, y por lo mismo, cesan los efectos de toda
disposición que se oponga a la presente.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, 17
de febrero de 1922. Ramón Castillo C., D. P. Hildo
Rocha, D. S. Fernando Ig. Martínez, S. S.
Al Poder Ejecutivo. Cámara del Senado. Managua, 8 de marzo de 1922.
H. Jarquin, S. P. Sebastián Uriza, S. S.
Juan J. Ruiz, D. S.
Por Tanto: Ejecútese. Managua, 10 de marzo de 1922. DIEGO M.
CHAMORRO. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, G. A.
ARGÜELLO.
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