Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Propiedad
Rango: Decretos Legislativos
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(PRÓRROGA DE LEY DE
INQUILINATO)
DECRETO No 546, Aprobado el 23 de Noviembre de 1960
Publicado en La Gaceta No 293 del 22 de Diciembre de 1960
EL RESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
A sus habitantes,
SABED:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de
Nicaragua,
DECRETAN:
Artículo 1.- Decláranse en vigencia por el termino de
un año, las disposiciones del Decreto Legislativo No 281, que
comprende la Ley de Inquilinato, publicado en "La Gaceta", Diario
Oficial No 284 de 1 de Noviembre de 1957, prorrogado por Decretos
Legislativos No 362 de Octubre de 1958, y No 441 publicado en «La
Gaceta» No 203 de 7 de Septiembre de 1959.
Artículo 2.- Todo juicio que verse sobre materia de
inquilinato y que estuviese pendiente a la fecha de publicación de
la presente ley, deberá ajustarse a lo prescrito en la referida Ley
de Inquilinato.
Artículo 3.- Esta Ley empezara a regir desde su
publicación en «La Gaceta», Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.-Managua,
D.N., 23 de Noviembre de 1960.- J.J. MORALES MARENCO, D.P.-
J. CASTILLO A., D.S.- OLGA N. DE SABALLOS, D.S.
Al poder Ejecutivo.- Cámara del Senado. Managua, D.N., nueve de
Diciembre de mil novecientos sesenta.- LUIS A. SOMOZA D.,
Presidente de la República.- JULIO C. QUINTANA, Ministro de
la Gobernación y Anexos.
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