Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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PRÉSTAMO DE US$20.000.000.00
OTORGADO POR EL BID AL ESTADO PARA MEJORAMIENTO SERVICIOS RURALES
DE SALUD
Decreto No. 672 de 9 de febrero de 1978
Publicado en La Gaceta No. 35 de 13 de febrero de 1978
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
A sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso Nacional ha ordenado lo siguiente:
Decreto No. 672
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de
Nicaragua
Decretan:
Artículo 1.-
Autorízase al Poder Ejecutivo en el Ramo de Hacienda y Crédito
Público, para que por medio del señor Ministro o la persona en
quien éste delegue, suscriba en nombre del Estado, un Contrato de
Préstamo con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por la
cantidad de VEINTE MILLONES DE DÓLARES (US$20.000.000.00),
con un plazo de cuarenta (40) años, devengando una tasa de interés
del uno por ciento (1%) anual por los primeros diez (10) años, y
del dos por ciento (2%) los siguientes años, sobre la cantidades
desembolsadas, pagaderos el principal y los intereses
semestralmente, y con una Comisión de Crédito del medio del un por
ciento (1/2 del 1%) anual sobre los saldos no desembolsados.
Artículo 2.-
Los fondos de este préstamo serán destinados a implementar un
Proyecto de Mejoramiento de los Servicios Rurales de Salud, que
extenderá los servicios básicos de medicina integral, cuya unidad
ejecutora será la Junta Nacional de Asistencia y Previsión
Social.
Artículo 3.-
La presente autorización comprende la facultad de incluir las
cláusulas que se estilan en esta clase de Contratos y que mejor
garanticen los intereses del Fisco, así como incorporar en los
respectivos Presupuestos Generales de Ingresos y Egresos de la
República las cantidades necesarias para el pago de las
obligaciones contraídas.
Artículo 4.-
Esta Ley entrará en vigor desde la fecha de su publicación en "La
Gaceta", Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D.
N., ocho de febrero de mil novecientos setenta y ocho.- (f)
Cornelio H. Hüeck, Presidente.- (f) Antonio Coronado
Torres, Secretario.-(f) Fernando Zelaya Rojas,
Secretario.
Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.- Managua, D.N., 9 de
febrero de 1978..- (f) Pablo Rener, Presidente.- (f)
Ramiro Granera Padilla, Secretario.- (f) Raúl Arana
Montalván, Secretario.
Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial.- Managua, D. N. a los
nueve días del mes de febrero de mil novecientos setenta y ocho.-
(f) A. SOMOZA D., Presidente de la República.- (f) Samuel
Genie A., Ministro de Hacienda y C. P.
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