Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Municipal
Rango: Decretos Legislativos
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ELEVASE A CIUDAD LA POBLACION DE
DIRIOMO
DECRETO No. 755, Aprobado el 16 de Febrero de 1979
Publicado en La Gaceta No. 84 del 18 de Abril de 1979
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso Nacional ha ordenado lo siguiente:
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de
Nicaragua,
Decretan:
Artículo 1.- Elévese a la categoría de ciudad, la población
de Diriomo, para que goce de los privilegios que se conceden a las
ciudades.
Artículo 2.- La demarcación de la nueva ciudad, estará
comprendida dentro de los límites jurisdiccionales que actualmente
tiene trazados.
Artículo 3.- Esta Ley empezará a regir desde la fecha de su
publicación en "La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D.
N., dieciséis de febrero de mil novecientos setenta y nueve.-
(f) Francisco Urcuyo Maliaño, Presidente.- (f) Orlando
Morales Ocón, Secretario.- (f) Arnulfo Rivas Solórzano,
Secretario.
Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado. Managua, D. N., seis de
marzo de mil novecientos setenta y nueve.- (f) Pablo Rener,
Presidente.- (f) Luis Molina Rivera, Secretario.- (f)
Julio Icaza Tigerino, Secretario.
Por Tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., diez de
marzo de mil novecientos setenta y nueve.- (f) A. SOMOZA,
Presidente de la República.- (f) J. Antonio Mora R.,
Ministro de la Gobernación".
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