Elevase A Categoría De Villa Al Pueblo De La Concepción

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Municipal Rango: Decretos Legislativos - (ELEVASE A CATEGORÍA DE VILLA AL PUEBLO DE LA CONCEPCIÓN) Decreto Legislativo No.189 Aprobado el 21 de Agosto de 1956 Publicado en La Gaceta No.200 del 1 de Septiembre de 1956 El Presidente de la República, A sus habitantes, Sabed: Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: DECRETO No.189 La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua Decretan: Artículo 1º.- Elévese a categoría de Villa el pueblo de La Concepción, del Departamento de Masaya. Artículo 2º.- Esta ley comenzará a regir desde su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D.N., 19 de Julio de 1956. (f) Ulíses Irías, D.P. (f) A. Montenegro, D.S. (f) Medina D.S. Al Poder Ejecutivo. Cámara del Senado. Managua, D.N., 21 de Agosto de 1956. (f) Lorenzo Guerrero, S.P. (f) Alberto Arguello V., S.S. (f) José María Borgen, S. S. Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial. Managua, D.N. veintiuno de Agosto de mil novecientos cincuenta y seis. (f) A.SOMOZA, Presidente de la República. (f) F.Franc. Romero, Ministro de la Gobernación, por la ley. -