Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Legislativos
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(EL PUERTO DE NACASCOLO SE
LLAMARÁ MORAZÁN)
Aprobado el 25 de Junio de 1936
Publicado en La Gaceta No. 196 del 07 de Septiembre de 1936
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
A sus habitantes
SABED
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
DECRETAN
Artículo 1.- El Puerto habilitado en la Costa Sur del estero
Real del Golfo de Fonseca, en el lugar llamado Nacascolo, llevará
el nombre de Morazán, en homenaje a la memoria del esclarecido
patriota y ardiente defensor de la Unión Centroamericana, Gral.
Francisco Morazán.
Artículo 2.- Este decreto empezará a regir desde su
publicación en La Gaceta.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D.
N., 25 de Junio de 1936. H. Alvarado, D. P., Alonso
Castellón, D. S., Casimiro Sotelo, D. S.
Al Poder Ejecutivo. Cámara del Senado. Managua, D. N., 20 de Agosto
de 1936. José D. Estrada, S. P., Luciano García, S.
S., Leonidas S. Mena, S. S.
Por Tanto: Publíquese. Casa Presidencial. Managua, D. N., 22 de
Agosto de 1936. C. BRENES JARQUÍN, Presidente de la
República. El Ministro de la Gobernación y Anexos, G. RAMÍREZ
BROWN.
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