El Estado Actual General De Emergencia Económica Continuara Por Un Año Mas

Descarga el documento

Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Constitucional y Otras Normas Fundamentales Rango: Decretos Legislativos - (EL ESTADO ACTUAL GENERAL DE EMERGENCIA ECONÓMICA CONTINUARA POR UN AÑO MAS) DECRETO LEGISLATIVO NO. 201. Aprobado el 26 de Septiembre de 1956 Publicado en la Gaceta No.236 del 18 de Octubre de 1956 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA A sus habitantes, Sabed: Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: DECRETO NO. 201 La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua, Decretan: Artículo 1º.- Declárese que el actual Estado General de Emergencia Económica continuará por un año a partir del presente año, fecha en que se completa su actual período de duración fijado en Decreto Legislativo No, 149 de 4 de Octubre de 1955. Artículo 2º.- En virtud de esta declaración subsistirá la suspensión de las garantías consignadas en los artículos 85 y 123 Cn. Artículo 3º.- Durante el período de vigencia de esta Ley, el Poder Ejecutivo podrá hacer cesar el Estado General de Emergencia Económica o la suspensión de algunas de las garantías constitucionales afectadas por dicho Estado de emergencia Económica, según convenga a los intereses nacional. Artículo 4º .- La presente Ley entrará en vigor desde la fecha a que se refiere el Arto. 1º., previa publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, D.N., Septiembre 26 de 1956.  Ulises Irías, D,P.  (f) A. Martínez, D.S.- (f) M.F. Zurita, D.S. Por Tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial. Managua, D.N.- once de Octubre de mil novecientos cincuenta y seis.- Año José Dolores Estrada.- LUIS A. SOMOZA D. , Presidente de la República.- (f) J.J, Lugo Marenco, Vice-Ministro de Economía. -