Delégase En El Ejecutivo Poder Para Legislar

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Decretos Legislativos - DELÉGASE EN EL EJECUTIVO PODER PARA LEGISLAR DECRETO No. 1182 Publicado en La Gaceta No. 77 del 01 de Abril de 1966 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, A sus habitantes, Sabed: Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: Decreto No. 1182 La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua, DECRETAN Artículo 1.- Delégase en el Poder Ejecutivo, para que las ejerza mientras el Poder Legislativo no esté reunido, las facultades de legislar en los ramos y con las limitaciones contenidas en el Arto. 150 Cn. Artículo 2.- La presente Ley empezará a regir desde la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Orlando Montenegro Medrano Diputado Presidente Ramiro Granera Padilla Diputado Secretario M. Maltez Callejas Diputado Secretario -