Decreto De Ratificación Para El Ingreso Y Permanencia En El Territorio Nacional De La República De Nicaragua De La Fragata De Vigilancia "prairial", Buque De La Marina Nacional Francesa, En El Período Comprendido Del Siete Al Doce De Mayo Del Dos Mil Nueve

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Seguridad y Defensa Nacional Rango: Decretos Legislativos - DECRETO DE RATIFICACIÓN PARA EL INGRESO Y PERMANENCIA EN EL TERRITORIO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA DE LA FRAGATA DE VIGILANCIA "PRAIRIAL", BUQUE DE LA MARINA NACIONAL FRANCESA, EN EL PERÍODO COMPRENDIDO DEL SIETE AL DOCE DE MAYO DEL DOS MIL NUEVE DECRETO A.N. No. 5681, Aprobado el 31 de Marzo de 2009 Publicado en La Gaceta No. 71 del 20 de Abril de 2009 LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO ÚNICO Que el Presidente de la República de Nicaragua al tenor de lo establecido en el artículo 92, párrafo 3, de la Constitución Política de la República de Nicaragua, ha dictado el Decreto Ejecutivo No. 16 - 2009 de fecha diez de marzo del año dos mil nueve, aprobando el ingreso y permanencia en el territorio nacional de la República de Nicaragua de la Fragata de Vigilancia "PRAIRIAL", buque de la Marina Nacional Francesa, en el período comprendido del siete al doce de mayo del dos mil nueve y conforme al procedimiento de Ley para estos casos, ha sometido al conocimiento de la Asamblea Nacional la ratificación del ingreso y permanencia de la referida Fragata Francesa. POR TANTO En uso de sus facultades; HA DICTADO El siguiente; DECRETO DE RATIFICACIÓN PARA EL INGRESO Y PERMANENCIA EN EL TERRITORIO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA DE LA FRAGATA DE VIGILANCIA "PRAIRIAL", BUQUE DE LA MARINA NACIONAL FRANCESA, EN EL PERÍODO COMPRENDIDO DEL SIETE AL DOCE DE MAYO DEL DOS MIL NUEVE Arto. 1 Se ratifica el ingreso y permanencia en el territorio nacional de la República de Nicaragua de la Fragata de Vigilancia "PRAIRIAL", buque de la Marina Nacional Francesa, compuesta de 94 efectivos militares y sus equipos, en el período comprendido del siete al doce de mayo, ambos inclusive, del dos mil nueve, autorizando sobrevuelos de adiestramiento de navegación sobre tierra y aguas territoriales para un helicóptero ALOUETTE III, tipo SA 319 B, a bordo de la fragata. Arto. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese. Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, a los treinta y un días del mes de marzo del año dos mil nueve. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional. -