Decreto De Aprobación Del Contrato De Préstamo No. 2264/bl-Ni, Suscrito El 18 De Diciembre Del Año 2009 Por La República De Nicaragua Y El Banco Interamericano De Desarrollo (Bid)
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO DE APROBACIÓN DEL
CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 2264/BL-NI, SUSCRITO EL 18 DE DICIEMBRE
DEL AÑO 2009 POR LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID)
DECRETO A. N. No. 5930, Aprobado el 22 de Abril del
2010
Publicado en La Gaceta No. 86 del 10 de Mayo del 2010LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No.
314 -2009 del 10 de diciembre del año 2009, publicado en La Gaceta,
Diario Oficial No. 239 del 17 de diciembre del año 2009, el
Ministro de Hacienda y Crédito Público (MHCP), en nombre y
representación de la República de Nicaragua, suscribió el 18 de
diciembre del año 2009 el Contrato de Préstamo No. 2264/ BL-NI, con
el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por la suma de Quince
Millones de Dólares de los Estados Unidos de América,
(US$15,000,000.00).
II
Que mediante el Contrato de Préstamo anteriormente relacionado el
Banco Interamericano de Desarrollo (BID) le otorgó a la República
de Nicaragua un préstamo por la suma de Quince Millones de Dólares
de los Estados Unidos de América (US$15,000,000.00), integrado por
dos fuentes: a) Financiamiento del Capital Ordinario (CO): El monto
de Siete Millones Quinientos Mil Dólares de los Estados Unidos de
Norteamérica (US$7,500,000.00) a treinta (30) años de plazo,
incluyendo seis (6) años de gracia, con una Tasa de interés Basada
en LIBOR para cada trimestre, más el margen de costo calculado del
Capital Ordinario vigente en la fecha de determinación para cada
trimestre expresado en términos de porcentaje anual; una comisión
de crédito a un porcentaje establecido por el Banco periódicamente
y en ningún caso, podrá exceder del 0.75% por año; b)
Financiamiento del Fondo para Operaciones Especiales (FOE): El
monto de Siete Millones Quinientos Mil Dólares de los Estados
Unidos de Norteamérica (US$7,500,000.00) a cuarenta (40) años de
plazo, incluye cuarenta (40) años de gracia, amortizará un único
pago, con una tasa de interés del 0.25% anual para financiar el
"Programa Urbano de Bienestar para la Niñez en Extrema Pobreza,
Fase I".
III
Que las condiciones financieras del préstamo otorgadas por el BID
son concesionales y están en armonía con los Lineamientos de la
Política de Endeudamiento Público 2010, publicada en La Gaceta,
Diario Oficial, No. 134 del 17 de julio del año 2009, a los
objetivos propuestos en la Estrategia Nacional de Deuda Pública
2008-2011, publicada en la Gaceta Diario Oficial No. 115 del 18 de
junio del año 2008, y a lo establecido en la Ley No. 477, "Ley
General de Deuda Pública" y su Reglamento, Art. 50, numeral 3.
POR TANTO
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente;
DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 2264/BL-NI,
SUSCRITO EL 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 POR LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
(BID)
Artículo 1 Apruébese el Contrato de Préstamo No. 2264/BL-NI,
suscrito el 18 de diciembre del año 2009, por la República de
Nicaragua y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un
monto de Quince Millones de Dólares Netos de los Estados Unidos de
América (US$15,000,000.00), para financiar el "Programa Urbano
de Bienestar para la Niñez en Extrema Pobreza, Fase I", a ser
ejecutado por el Ministerio de la Familia, Adolescencia y
Niñez.
Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de
su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto
publíquese.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, a los
veintidós días del mes de abril del año dos mil diez. Ing. René
Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Dr.
Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea
Nacional.
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