Decreto De Aprobación Del Contrato De Préstamo No. 1719 Por Once Millones Seiscientos Mil Dólares De Los Estados Unidos De América (Us$ 11, 600,000.00), Firmado El 22 De Noviembre Del 2005 Por La República De Nicaragua Y El Banco Centroamericano De Integración Económica, Para Financiar Parcialmente El Programa Global De Obras Múltiples Para La Modernización De Enacal
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO DE
APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 1719 POR ONCE MILLONES
SEISCIENTOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 11,
600,000.00), FIRMADO EL 22 DE NOVIEMBRE DEL 2005 POR LA REPÚBLICA
DE NICARAGUA Y EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA,
PARA FINANCIAR PARCIALMENTE EL PROGRAMA GLOBAL DE OBRAS MÚLTIPLES
PARA LA MODERNIZACIÓN DE ENACAL
DECRETO A.N. No. 4641, Aprobado el 25 de Mayo del 2006
Publicado en La Gaceta No. 108 del 05 de Junio del 2006
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No.
171-2005, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 111 del 9 de
junio del 2005, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público en
nombre y representación de la República de Nicaragua, suscribió el
22 de noviembre del 2005 el Contrato de Préstamo No. 1719 con el
Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE).
II
Que mediante el citado Contrato el BCIE le otorga a Nicaragua un
Préstamo por once millones seiscientos mil dólares de los Estados
Unidos de América (US$ 11, 600,000.00) a un plazo de 15 años,
incluyendo 2 años de gracia, con una tasa de interés del 1.35%
anual y una comisión de supervisión y auditoría de proyecto del
0.25% sobre el monto del préstamo. Para financiar parcialmente el
Programa Global de Obras Múltiples para la Modernización de
ENACAL.
III
Que las condiciones financieras del préstamo otorgado por el BCIE
son concesionales y están en armonía con los lineamientos de la
Política de Endeudamientos Público 2005, publicada en La Gaceta,
Diario Oficial No. 148 del 30 de Julio del 2004.
IV
Que la demanda de recursos locales para la implementación del
programa a financiar, están dentro de los parámetros establecidos
en la citada política en materia de asignación de fondos de
contrapartida para proyectos financiados con recursos
externos.
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 1719 POR ONCE
MILLONES SEISCIENTOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
(US$ 11, 600,000.00), FIRMADO EL 22 DE NOVIEMBRE DEL 2005 POR LA
REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN
ECONÓMICA, PARA FINANCIAR PARCIALMENTE EL PROGRAMA GLOBAL DE OBRAS
MÚLTIPLES PARA LA MODERNIZACIÓN DE ENACAL
Artículo 1.- Apruébese el Convenio de Préstamo No. 1719
firmado el 22 de noviembre del 2005 por la República de Nicaragua,
representada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el
Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), por un monto
de once millones seiscientos mil dólares de los Estados Unidos de
América (US$ 11,600,000.00).
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los
veinticinco días del mes de mayo del año dos mil seis. ING.
EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ, Presidente Asamblea Nacional. DRA.
MARIA AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS, Secretaria de la Asamblea
Nacional.
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, primero de junio del
año dos mil seis. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la
República de Nicaragua.
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