Decreto De Aprobación Del Contrato De Préstamo N° 2015/bl-Ni, Suscrito Entre El Gobierno De La República De Nicaragua Y El Banco Interamericano De Desarrollo (Bid)
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO DE APROBACIÓN DEL
CONTRATO DE PRÉSTAMO N° 2015/BL-NI, SUSCRITO ENTRE EL GOBIERNO DE
LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
(BID)
DECRETO A.N. No. 5552. Aprobado el 22 de Enero de 2009
Publicado en La Gaceta N° 20 del 30 de Enero de 2009
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No.
363-2008 del 4 de septiembre del año 2008, publicado en La Gaceta,
Diario Oficial No. 180 del 19 de septiembre del año 2008, el
Ministro de Hacienda y Crédito Público, en nombre y representación
del Gobierno de la República de Nicaragua, suscribió el 25 de
septiembre del año 2008 el Contrato de Préstamo No. 2015/BL-NI, con
el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por la suma de Veinte
Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$
20.000.000.00).
II
Que mediante el Contrato de Préstamo anteriormente relacionado, el
Banco Interamericano de Desarrollo (BID) le otorgó a la República
de Nicaragua un préstamo por la suma de Veinte Millones de Dólares
de los Estados Unidos de América (US$ 20,000,000.00) integrado por
dos fuentes: a) 50% Financiamiento del Capital Ordinario (CO): a
treinta (30) años de plazo, incluyendo seis (6) años de gracia, con
una Tasa de Interés Ajustable en la Moneda Única del
Financiamiento, más el margen vigente para préstamos del capital
ordinario expresado en términos de un porcentaje anual, comisión de
crédito a un porcentaje establecido por el Banco periódicamente y
en ningún caso podrá exceder el 0.75% por año; b) 50%
Financiamiento del Fondo para Operaciones Especiales (FOE): a
cuarenta (40) años de plazo, incluye cuarenta (40) años de gracia,
amortizará un único pago, con una tasa de interés del 0.25% anual
para financiar el Programa de Apoyo a la Mejora de la Gestión
Fiscal y Social.
III
Que las condiciones financieras del préstamo otorgadas por el BID
son concesionales y están en armonía con los Lineamientos de la
Política de Endeudamiento Público 2008, publicada en La Gaceta,
Diario Oficial, No. 241 del 14 de diciembre del año 2007.
POR TANTO
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente;
DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 2015/BL-NI,
SUSCRITO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID)
Artículo 1 Apruébese el Contrato de Préstamo No. 2015/BL-NI,
suscrito el 25 de septiembre del año 2008, por el Gobierno de la
República de Nicaragua, representado por el Ministro de Hacienda y
Crédito Público y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID),
representado por su Representante en Nicaragua; por un monto de
Veinte Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$
20,000,000.00), para financiar el Programa de Apoyo a la Mejora de
la Gestión Fiscal y Social, para ser ejecutado por el Ministerio
de Hacienda y Crédito Público (MHCP).
Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de
su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto
publíquese.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, a los
veintidós días del mes de enero del año dos mil nueve. Ing. René
Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional.- Dr.
Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea
Nacional.
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