Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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(DECRETO DE APROBACIÓN DEL
ACUERDO MARCO ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO EUROPEO DE
INVERSIONES)
DECRETO A.N. No. 2934, Aprobado el 23 de Mayo del
2001
Publicado en La Gaceta No. 109 del 11 de Junio del 2001
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA
DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que el día 30 de marzo del 2000, fue suscrito en Luxemburgo, el
Acuerdo Marco entre la República de Nicaragua y el Banco Europeo de
Inversiones, por el Ex Ministro de Relaciones Exteriores de
Nicaragua, Eduardo Montealegre R., y el Vicepresidente del Banco
Europeo de Inversiones Luís Martí Espulga.
II
Que dicho Acuerdo fue suscrito en el contexto del Acuerdo Marco de
Cooperación, firmado en Managua el 11 de Junio de 1999 entre
Nicaragua, la Comunidad Europea y los Estados Miembros de la misma.
III
Que la aprobación de dicho Acuerdo facilitará la concesión de
préstamos por el Banco Europeo de Inversiones a proyectos de
inversión de interés para Nicaragua.
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1.- Apruébese el Acuerdo Marco entre la República
de Nicaragua y el Banco Europeo de Inversiones, suscrito en
Luxemburgo el 30 de marzo del 2000, por el Ex Ministro de
Relaciones Exteriores de Nicaragua, Eduardo Montealegre R., y el
Vicepresidente del Banco Europeo de Inversiones Luís Martí Espulga.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la
Asamblea Nacional, a los veintitrés días del mes de Mayo del dos
mil uno. OSCAR MONCADA REYES, Presidente de la Asamblea
Nacional. PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLÓN, Secretario de la
Asamblea Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, uno de Junio del año
dos mil uno. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la
República de Nicaragua.
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