Decreto De Aprobación Del "acuerdo De Alivio De La Deuda De La Iniciativa Hipc Reforzada Entre La República De Nicaragua Y El Fondo De La Opep Para El Desarrollo Internacional", Firmado El 05 De Noviembre De 2009 Entre La República De Nicaragua Y El Fondo De La Opep Para El Desarrollo Internacional
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO DE APROBACIÓN DEL
"ACUERDO DE ALIVIO DE LA DEUDA DE LA INICIATIVA HIPC
REFORZADA ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL FONDO DE LA OPEP
PARA EL DESARROLLO INTERNACIONAL", FIRMADO EL 05 DE NOVIEMBRE DE
2009 ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL FONDO DE LA OPEP PARA EL
DESARROLLO INTERNACIONAL
DECRETO A. N. No. 5927, Aprobado el 23 de Febrero del
2010
Publicado en La Gaceta No. 60 del 26 de Marzo del 2010LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No.
254 -2009 publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 200 del 22 de
Octubre del año 2009, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, en
nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua,
suscribió el 05 de Noviembre del año 2009, el "Acuerdo de Alivio de
la Iniciativa HIPC Reforzada entre la República de Nicaragua y el
Fondo de la OPEP para el Desarrollo Internacional", con el Fondo de
la OPEP para el Desarrollo Internacional.
II
Que mediante el referido "Acuerdo de Alivio de la Iniciativa HIPA
Reforzada entre la República de Nicaragua y el Fondo de la OPEP
para el Desarrollo Internacional", OFID le otorga al Gobierno de la
República de Nicaragua, un alivio hasta por un monto de Cinco
Millones Ciento Sesenta Mil Dólares de los Estados Unidos de
América (US$5,000,000.00), para proporcionar alivio sobre la deuda
que este organismo tiene con OFID para países elegibles bajo la
Iniciativa HIPC, el que será ejecutado por el Ministerio de
Hacienda y Crédito Público (MHCP).
POR TANTO
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente;
DECRETO DE APROBACIÓN DEL "ACUERDO DE ALIVIO DE LA DEUDA DE LA
INICIATIVA HIPC REFORZADA ENTRE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA Y EL FONDO DE LA OPEP PARA EL DESARROLLO INTERNACIONAL",
FIRMADO EL 05 DE NOVIEMBRE DE 2009 ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Y EL FONDO DE LA OPEP PARA EL DESARROLLO
INTERNACIONAL
Artículo 1 Se aprueba el "Acuerdo de Alivio de la Iniciativa
HIPC Reforzada entre la República de Nicaragua y el Fondo de la
OPEP para el Desarrollo Internacional", suscrito el 05 de Noviembre
de 2009 por la República de Nicaragua, representada por el Ministro
de Hacienda y Crédito Público y el Fondo, de la OPEP para el
Desarrollo Internacional representada por el Director General,
hasta por un monto de Cinco Millones Ciento Sesenta Mil Dólares de
los Estados Unidos de América (US$5,160,000.00) correspondiente al
alivio, el que será ejecutado por el Ministerio de Hacienda y
Crédito Público (MHCP).
Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de
su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto
publíquese.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, a los
veintitrés días del mes de febrero del año dos mil diez. Ing.
René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Dr.
Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea
Nacional.
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