Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Decretos Legislativos
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DECLÁRASE DE INTERÉS CULTURAL Y
NACIONAL LA CRUZ DE LORENA SITUADA ENTRE RIVAS Y SAN
JORGE
DECRETO No. 1423, Aprobado el 15 de Diciembre de 1967
Publicado en la Gaceta No. 11 del 13 de Enero de 1968
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, A SUS HABITANTES,
SABED:
QUE EL CONGRESO HA ORDENADO LO SIGUIENTE:
DECRETO No. 1423
LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y LA CÁMARA DEL SENADO DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA,
DECRETAN:
Artículo 1.- Se declara de interés cultural y nacional la
Cruz de doble brazo (Cruz de Lorena), conocida generalmente con el
nombre de Cruz de España y que se encuentra situada en el camino
que de la ciudad de Rivas conduce al Puerto de San Jorge, en el
Lago de Nicaragua.
Artículo 2.- A fin de mantener en buen estado la referida
Cruz, queda autorizado el Poder Ejecutivo para erogar una suma no
mayor de Veinte Mil Córdobas, que tomará de la Partida que juzgue
pertinente del Presupuesto General de Ingresos y Egresos que
fungirá durante el año 1968, a fin de que construya por lo menos un
cobertizo que proteja la referida Cruz y levante con piedra de
basalto nicaragüense, un pequeño monumento en recuerdo del
histórico hecho, de la entrevista del Conquistador Don Gil González
Dávila con el Gran Teyte de Nicaragua y de ser posible, grabe en el
mencionado basalto el diálogo sostenido entre ambos.
Artículo 3.- Esta Ley comenzará a regir desde la fecha de su
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua,
D. N. quince de Diciembre de mil novecientos sesenta y siete.- Año
Rubén Darío.- Orlando Montenegro M., D. P.- J. Alej. Romero C.,
D. S.- Fernando Zelaya Rojas, D. S.-
Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.- Managua, D. N., 26 de
Diciembre de 1967.- Plablo Rener, S. P.- Gustavo Raskosky, S.
S.- Carlos José Solórzano, S. S.
Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial. Managua, D. N., dos de
Enero de mil novecientos sesenta y ocho.- A. SOMOZA,
Presidente de la República.- Vicente Navas A., Ministro de
la Gobernación.
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