De Convenio De Préstamo De Cooperacion Tecnica No. 1015/sf-Ni, Suscrito Entre El Gobierno De Nicaragua Y El Banco Interamericano De Desarrollo Para Apoyar El Programa De Reforma Del Sector Financiero Iii
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DE CONVENIO DE PRÉSTAMO DE
COOPERACION TÉCNICA No. 1015/SF-NI, SUSCRITO
ENTRE EL GOBIERNO DE NICARAGUA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE
DESARROLLO
PARA APOYAR EL PROGRAMA DE REFORMA DEL SECTOR FINANCIERO
III
DECRETO A.N. No. 2082. Aprobado el 10 de Noviembre de
1998.
Publicado en La Gaceta No. 218 de 14 de Noviembre de 1998.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
En uso de sus facultades;
HA DICTADO:
El siguiente:
DECRETO:
DE CONVENIO DE PRÉSTAMO DE COOPERACION TÉCNICA No. 1015/SF-NI,
SUSCRITO ENTRE EL GOBIERNO DE NICARAGUA Y EL BANCO INTERAMERICANO
DE DESARROLLO PARA APOYAR EL PROGRAMA DE REFORMA DEL SECTOR
FINANCIERO III
Artículo 1.- Apruébase el Convenio de Préstamo No.
1015/SF-NI, de Cooperación Técnica para apoyar el Programa de
Reforma del Sector Financiero III, suscrito el 7 de Octubre del
corriente año, entre el Gobierno de la República de Nicaragua,
representado por el Presidente del Banco Central, Dr. Noel Ramírez
Sánchez y el Banco Interamericano de Desarrollo.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional, a los diez días del mes de Noviembre de mil novecientos
noventa y ocho.- IVÁN ESCOBAR FORNOS.- PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA
NACIONAL.- NOEL PEREIRA MAJANO.- SECRETARIO DE LA ASAMBLEA
NACIONAL.
POR TANTO:
Publíquese y ejecútese. Managua, doce de Noviembre de mil
novecientos noventa y ocho.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO.- PRESIDENTE
DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.
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