De Aprobación Del Convenio De Préstamo No. 4185-Ni Firmado El 22 De Junio Del 2006, Para Financiar El “Cuarto Proyecto De Rehabilitación Y Mantenimiento De Carretera” Contratado Con La Asociación Internacional De Fomento Del Banco Mundial (Aif) Por Un Monto De Cuarenta Y Un Millones Cien Mil Derechos Especiales De Giro (Deg 41, 100,000.00) Equivalente Aproximadamente A Sesenta Millones De Dólares De Los Estados Unidos De América (Us$ 60, 000,000.00)
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DE APROBACIÓN
DEL CONVENIO DE PRÉSTAMO No. 4185-NI FIRMADO EL 22 DE JUNIO DEL
2006, PARA FINANCIAR EL CUARTO PROYECTO DE REHABILITACIÓN Y
MANTENIMIENTO DE CARRETERA CONTRATADO CON LA ASOCIACIÓN
INTERNACIONAL DE FOMENTO DEL BANCO MUNDIAL (AIF) POR UN MONTO DE
CUARENTA Y UN MILLONES CIEN MIL DERECHOS ESPECIALES DE GIRO (DEG
41, 100,000.00) EQUIVALENTE APROXIMADAMENTE A SESENTA MILLONES DE
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 60, 000,000.00)
DECRETO A. N. No. 4880, Aprobado el 28 de Noviembre del
2006
Publicado en La Gaceta No. 242 del 14 de Diciembre del 2006
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No.
287-2006 del 21 de junio del año 2006, el Señor Santiago Alvira
Lacayo, Encargado de Negocios Ad Interim de la Embajada de
Nicaragua en los Estados Unidos de América, en nombre y
representación de la República de Nicaragua, suscribió el 22 de
junio de 2006 el convenio de Financiamiento No. 4185-NI con la
Asociación Internacional de Fomento (AIF).
II
Que mediante el citado convenio la Asociación Internacional de
Fomento le otorga a Nicaragua un préstamo por cuarenta y un millón
cien mil derechos especiales de giro (DEG 41, 100,000.00) a un
plazo de 40 años, incluyendo 10 años de gracia, con una tasa de
interés del 0% anual sobre saldo, un cargo por servicios del 0.75%
anual y un cargo por compromiso del 0.50% anual máximo, para
financiar el Cuarto Proyecto de Rehabilitación y Mantenimiento de
Carreteras.
III
Que las condiciones financieras del préstamo otorgado por la
Asociación Internacional de Fomento son concesionales y están en
armonía con los lineamientos de la Política de Endeudamiento
Público 2006 publicada en la Gaceta Diario Oficial No. 153 del 9
de Agosto de 2005.
IV
Que la demanda de recursos locales para la implementación del
proyecto a financiar, está dentro de los parámetros establecidos en
la citada política en materia de asignación de fondos de
contrapartida para proyectos financiados con recursos
externos.
En uso de sus Facultades;
HA DICTADO
El Siguiente:
DECRETO
DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE PRÉSTAMO No. 4185-NI FIRMADO EL 22
DE JUNIO DEL 2006, PARA FINANCIAR EL CUARTO PROYECTO DE
REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CARRETERA CONTRATADO CON LA
ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE FOMENTO DEL BANCO MUNDIAL (AIF) POR UN
MONTO DE CUARENTA Y UN MILLONES CIEN MIL DERECHOS ESPECIALES DE
GIRO (DEG 41, 100,000.00) EQUIVALENTE APROXIMADAMENTE A SESENTA
MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 60,
000,000.00)
Artículo 1.- Apruébese el Convenio de Financiamiento No.
4185-NI firmado el 22 de junio del 2006, por la República de
Nicaragua, representada por el Encargado de Negocios Ad Interim de
la Embajador de Nicaragua en los Estados Unidos de América y la
Asociación Internacional de Fomento, (AIF) por un monto de cuarenta
y un mil millones cien mil derechos especiales de giro (DEG 41,
100,000.00).
Artículo 2.- El Presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los
veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil seis. ING.
EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ Presidente Asamblea Nacional. DRA. MARÍA
AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS, Secretaria de la Asamblea
Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, cuatro de diciembre del
año dos mil seis. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la
República de Nicaragua.
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