De Aprobación Del Convenio De Cartagena Para La Protección Y Desarrollo Del Medio Marino En La Región Del Gran Caribe

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Legislativos - DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE CARTAGENA PARA LA PROTECCIÓN Y DESARROLLO DEL MEDIO MARINO EN LA REGIÓN DEL GRAN CARIBE DECRETO A.N. No. 3320, Aprobado el 9 de Octubre del 2002 Publicado en La Gaceta No. 206 del 30 de Octubre del 2002 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Hace saber al pueblo nicaragüense que: LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO I Que la Convención de Cartagena para la Protección y Desarrollo del Medio Marino en la Región del Gran Caribe, se abrió a firma el veinticuatro de Marzo de mil novecientos ochenta y tres; y fue firmado por Nicaragua en la misma fecha, entrando en vigor en el año mil novecientos ochenta y seis. II Que la Convención de Cartagena para la Protección y Desarrollo del Medio Marino en la Región del Gran Caribe, tiene por objeto adoptar medidas adecuadas para proteger, preservar, prevenir, controlar, reducir y eliminar la contaminación o posibles amenazas de la misma, en la Región del Gran Caribe. III Que Nicaragua necesita reforzar su marco legal y generar capacidades técnicas y tecnológicas para combatir la contaminación, así como, la captación de recursos económicos para el control de la misma, oportunidades que presenta el mecanismo financiero de la Convención. En uso de sus facultades; HA DICTADO E siguiente: DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE CARTAGENA PARA LA PROTECCIÓN Y DESARROLLO DEL MEDIO MARINO EN LA REGIÓN DEL GRAN CARIBE Artículo 1.- Apruébase el Convenio de Cartagena para la Protección y Desarrollo del Medio Marino en la Región del Gran Caribe, suscrito por Nicaragua el veinticuatro de Marzo de mil novecientos ochenta y tres. Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los nueve días del mes de Octubre del año dos mil dos.- JAIME CUADRA SOMARRIBA, Presidente de la Asamblea Nacional.- MIGUEL LÓPEZ BALDIZON, Secretario de la Asamblea Nacional. Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, catorce de Octubre del año dos mil dos. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua. -