De Aprobación Del Convenio Constitutivo De La Comision Centroamericana Permanente Para La Erradicacion De La Produccion, Trafico, Consumo Y Uso Ilicitos De Estupefacientes Y Sustancias Psicotropicas
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DE APROBACIÓN DEL CONVENIO
CONSTITUTIVO DE LA COMISION CENTROAMERICANA PERMANENTE PARA LA
ERRADICACION DE LA PRODUCCION, TRAFICO, CONSUMO Y USO ILICITOS DE
ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTROPICAS
DECRETO A.N. No.1371, del 11 de Junio de 1996
Publicado en La Gaceta No. 133 de 16 de Julio de 1996
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo Nicaragüense
que
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
DE APROBACION DEL CONVENIO CONSTITUTIVO DE LA COMISION
CENTROAMERICANA PERMANENTE PARA LA ERRADICACION DE LA PRODUCCION,
TRAFICO, CONSUMO Y USO ILICITOS DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS
PSICOTROPICAS
Artículo 1.- Apruébase el Convenio Constitutivo de la
Comisión Centroamericana Permanente para la Erradicación de la
Producción, Tráfico, Consumo y Uso Ilícitos de Estupefacientes y
Sustancias Psicotrópicas suscrito en la ciudad de Guatemala,
República de Guatemala, el 29 de Octubre de 1993, por los Ministros
de Relaciones Exteriores de Centroamérica y el Embajador
Extraordinario y Plenipotenciario de Panamá Señor José Raúl Mulino,
en Ocasión de la XIV Cumbre de Mandatarios Centroamericanos.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en el Diario Oficial, La Gaceta.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional, a los once días del mes de Junio de mil novecientos
noventa y seis. - CAIRO MANUEL LOPEZ, -Presidente de la
Asamblea Nacional.- JAIME BONILLA, Secretario de la Asamblea
Nacional.
POR TANTO
Publíquese y Ejecútese. Managua, veinticuatro de Junio de mil
novecientos noventa y seis.-VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO ,
Presidente de la República de Nicaragua.
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