De Aprobación Del Contrato Entre El Gobierno De La República De Nicaragua Y El Banco Interamericano De Desarrollo Sobre El Préstamo No. 1017/sf-Ni, Programa Híbrido De Apoyo Al Sector Eléctrico

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Legislativos - DE APROBACIÓN DEL CONTRATO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO SOBRE EL PRÉSTAMO No. 1017/SF-NI, PROGRAMA HÍBRIDO DE APOYO AL SECTOR ELÉCTRICO DECRETO No. 2125. Aprobado el 3 de Diciembre de 1998. Publicado en La Gaceta No. 242 del 14 de Diciembre de 1998. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, Hace saber al pueblo nicaragüense que: LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, En uso de sus facultades, HA DICTADO: El siguiente: DECRETO: DE APROBACIÓN DEL CONTRATO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO SOBRE EL PRÉSTAMO No. 1017/SF-NI, PROGRAMA HÍBRIDO DE APOYO AL SECTOR ELÉCTRICO Artículo 1.- Apruébase el Contrato de Préstamo No. 1017/SF-NI, Programa Híbrido de Apoyo al Sector Eléctrico, suscrito el 7 de Octubre del corriente año, entre el Gobierno de la República de Nicaragua, y el Banco Interamericano de Desarrollo. Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los tres días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y ocho.- IVÁN ESCOBAR FORNOS.- PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL.- NOEL PEREIRA MAJANO.- SECRETARIO DE LA ASAMBLEA NACIONAL. POR TANTO: Publíquese y ejecútese. Managua, catorce de Diciembre de mil novecientos noventa y ocho.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO.- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA. -