De Aprobación Del Contrato Entre El Gobierno De La República De Nicaragua Y El Banco Interamericano De Desarrollo Sobre El Préstamo No. 1017/sf-Ni, Programa Híbrido De Apoyo Al Sector Eléctrico
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DE APROBACIÓN DEL CONTRATO ENTRE
EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y
EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO SOBRE EL PRÉSTAMO No.
1017/SF-NI,
PROGRAMA HÍBRIDO DE APOYO AL SECTOR ELÉCTRICO
DECRETO No. 2125. Aprobado el 3 de Diciembre de 1998.
Publicado en La Gaceta No. 242 del 14 de Diciembre de 1998.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
En uso de sus facultades,
HA DICTADO:
El siguiente:
DECRETO:
DE APROBACIÓN DEL CONTRATO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO SOBRE EL PRÉSTAMO
No. 1017/SF-NI, PROGRAMA HÍBRIDO DE APOYO AL SECTOR
ELÉCTRICO
Artículo 1.- Apruébase el Contrato de Préstamo No.
1017/SF-NI, Programa Híbrido de Apoyo al Sector Eléctrico, suscrito
el 7 de Octubre del corriente año, entre el Gobierno de la
República de Nicaragua, y el Banco Interamericano de
Desarrollo.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional, a los tres días del mes de Diciembre de mil novecientos
noventa y ocho.- IVÁN ESCOBAR FORNOS.- PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA
NACIONAL.- NOEL PEREIRA MAJANO.- SECRETARIO DE LA ASAMBLEA
NACIONAL.
POR TANTO:
Publíquese y ejecútese. Managua, catorce de Diciembre de mil
novecientos noventa y ocho.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO.- PRESIDENTE
DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.
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