De Aprobación Del Contrato De Préstamo No. 1729/sf-Ni Entre La República De Nicaragua Y El Banco Interamericano De Desarrollo (Bid) Para Financiar El Programa De Atención Integral A La Niñez, Por Quince Millones De Dólares De Los Estados Unidos De América (Us$ 15, 000,000.00)

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Legislativos - DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 1729/SF-NI ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) PARA FINANCIAR EL PROGRAMA DE ATENCIÓN INTEGRAL A LA NIÑEZ, POR QUINCE MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 15, 000,000.00) DECRETO A.N. No. 4839, Aprobado el 11 de Octubre del 2006 Publicado en La Gaceta No. 205 del 23 de Octubre del 2006 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Hace saber al pueblo nicaragüense que: LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO I Que en cumplimiento de lo dispuesto en Acuerdo Presidencial No. 198-2006, publicado en la Gaceta, Diario Oficial No. 101 del 25 de mayo de 2006, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, en nombre y representación de la República de Nicaragua, suscribió el 6 de junio de 2006 el Contrato de Préstamo No. 1729/SF-NI con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). II Que mediante el citado contrato el BID le otorga a Nicaragua un préstamo por Quince Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 15, 000,000.00) a un plazo de 40 años, incluyendo 10 años de gracia, con una tasa de interés del uno por ciento (1%) anual para los primero diez (10) años y dos por ciento (2%) anual para el resto del período, para financiar el Programa de Atención Integral a la Niñez. III Que las condiciones financieras del préstamo otorgado por el BID son altamente concesionales y están en armonía con los lineamientos de la política de Endeudamiento Público 2006, publicado en la Gaceta, Diario Oficial, No. 153 del 9 de agosto de 2005. IV Que la demanda de recursos locales para la implementación del proyecto a financiar, está dentro de los parámetros establecidos en la citada política de endeudamiento en materia de asignación de fondos de contra partida para proyectos financiados con recursos externos. En uso de sus Facultades, HA DICTADO El Siguiente: DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 1729/SF-NI ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) PARA FINANCIAR EL PROGRAMA DE ATENCIÓN INTEGRAL A LA NIÑEZ, POR QUINCE MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 15, 000,000.00) Artículo 1.- Apruébese el Contrato de Préstamo No.1729/SF-NI, suscrito el 06 de junio del 2006, por la República de Nicaragua, representada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto de Quince Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 15, 000,000.00), para financiar el Programa de Atención Integral a la Niñez. Artículo 2.- El Presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los once días del mes de octubre del año dos mil seis. ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ, Presidente por la Ley Asamblea Nacional.- DRA. MARÍA AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS, Secretaria de la Asamblea Nacional. Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, diecinueve de octubre del año dos mil seis. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua. -