De Aprobación Del Acuerdo Entre La República De Nicaragua Y El Reino De España Sobre El Libre Ejercicio De Actividades Remuneradas Para Familiares Dependientes Del Personal Diplomático, Consular, Administrativo Y Técnico De Las Misiones Diplomáticas Y Oficinas Consulares
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Laboral y Seguridad Social
Rango: Decretos Legislativos
-
DE APROBACIÓN DEL ACUERDO ENTRE
LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL REINO DE ESPAÑA SOBRE EL LIBRE
EJERCICIO DE ACTIVIDADES REMUNERADAS PARA FAMILIARES DEPENDIENTES
DEL
PERSONAL DIPLOMÁTICO, CONSULAR, ADMINISTRATIVO Y TÉCNICO DE LAS
MISIONES
DIPLOMÁTICAS Y OFICINAS CONSULARES
DECRETO A.N. No. 3360. Aprobado el 4 de Febrero del
2003.
Publicado en La Gaceta No. 38 del 24 de Febrero del 2003.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA,
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
CONSIDERANDO:
I
Que el día 3 de Abril de 2002, fue suscrito en Madrid, España el
Acuerdo entre la República de Nicaragua y el Reino de España sobre
el libre ejercicio de actividades remuneradas para familiares
dependientes del personal Diplomático, Consular, Administrativo y
Técnico de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, por el
Embajador de Nicaragua en España, Bosco Matamoros Hüeck y el
Ministro de Asuntos Exteriores de España, Joseph Piqué i Camps.
II
Que es conveniente para nuestro país aprobar dicho Acuerdo dado que
establece un marco jurídico para el otorgamiento de permisos de
trabajo de los dependientes del personal diplomático,
administrativo y técnico de nuestras Misiones Diplomáticas y
Oficinas Consulares, en cuya virtud se les aplicará el régimen
laboral del país receptor asegurando la igualdad de derechos y
deberes al trabajador.
En uso de sus facultades,
HA DICTADO:
El siguiente:
DECRETO:
DE APROBACIÓN DEL ACUERDO ENTRE LA
REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL REINO DE ESPAÑA SOBRE EL LIBRE
EJERCICIO DE ACTIVIDADES REMUNERADAS PARA FAMILIARES DEPENDIENTES
DEL PERSONAL DIPLOMÁTICO, CONSULAR, ADMINISTRATIVO Y TÉCNICO DE LAS
MISIONES DIPLOMÁTICAS Y OFICINAS CONSULARES
Artículo 1.- Apruébase el Acuerdo entre la República de
Nicaragua y el Reino de España sobre el Libre Ejercicio de
Actividades Remuneradas para Familiares Dependientes del Personal
Diplomático, Consular, Administrativo y Técnico de Misiones
Diplomáticas y Oficinas Consulares, suscrito en Madrid, España el 3
de Abril de 2002, por el Embajador de Nicaragua en España Bosco
Matamoros Hüeck y el Ministro de Asuntos Exteriores de España
Joseph Piqué i Camps.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la
Asamblea Nacional, a los cuatro días del mes de Febrero del año dos
mil tres.- JAIME CUADRA SOMARRIBA.- Presidente de la
Asamblea Nacional.- MIGUEL LÓPEZ BALDIZÓN.- Secretario de la
Asamblea Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, diez de Febrero del
año dos mil tres.- ENRIQUE BOLAÑOS GEYER.- PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA DE NICARAGUA.
-