De Aprobación Del Acuerdo Básico De Cooperación Técnica Entre El Gobierno De La República De Nicaragua Y El Gobierno De La República Federativa De Brasil
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DE APROBACIÓN DEL ACUERDO BÁSICO
DE COOPERACIÓN TÉCNICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FEDERATIVA DE
BRASIL
DECRETO A.N. No. 4775, Aprobado el 03 de Agosto del
2006
Publicado en La Gaceta No. 168 del 29 de Agosto del 2006
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que el día treinta y uno de enero del año dos mil seis fue suscrito
en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua, el ACUERDO BÁSICO
DE COOPERACIÓN TÉCNICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL
II
Que el objetivo principal del Acuerdo es promover la Cooperación
Técnica en las áreas consideradas prioritarias por las Partes
Contratantes, las cuales serán oportunamente determinadas.
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DE APROBACIÓN DEL ACUERDO BÁSICO DE COOPERACIÓN TÉCNICA ENTRE EL
GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA
FEDERATIVA DE BRASIL
Artículo 1.- Apruébase el Acuerdo Básico de Cooperación
Técnica entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el
Gobierno de la República Federativa del Brasil, suscrito el treinta
y uno de enero del dos mil seis, en la Ciudad de Managua, República
de Nicaragua.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial, entrará en
vigencia interna e internacionalmente, después del intercambio de
instrumentos de ratificación, tal como establece el Acuerdo.
Dado en la Ciudad de Managua, en la sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional, a los tres días del mes de agosto del año dos mil seis.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ, Presidente por la Ley Asamblea Nacional.
MARÍA AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS, Secretaria Asamblea
Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, veintidós de agosto del
año dos mil seis. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la
República de Nicaragua.
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