Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DE APROBACIÓN DE LA CONVENCIÓN
SOBRE LA PROHIBICIÓN DE UTILIZAR TÉCNICAS DE MODIFICACIÓN
AMBIENTAL
CON FINES MILITARES U OTROS FINES HOSTILES (ENMOD)
DECRETO A.N. No. 4969, Aprobado el 12 de Diciembre del
2006
Publicado en La Gaceta No. 13 del 18 de Enero del 2007
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que el día 10 de diciembre de 1976 fue adoptada y abierta a la
firma por la Asamblea General de las Naciones Unidas, mediante
resolución 31/72, la Convención sobre la prohibición de utilizar
técnicas de modificación ambiental con fines militares u otros
fines hostiles (ENMOD) y que la República de Nicaragua suscribió la
referida Convención, el día 1 de agosto de 1977.
II
Que la aprobación de dicha Convención reviste particular
importancia, en virtud de que persigue la prohibición de los
recursos de guerra que tengan que ver con la dinámica, composición
o estructura de la Tierra, ya que dichos recursos constituyen una
seria amenaza de causar daños de una gravedad sin precedentes en la
historia de la Humanidad.
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
DE APROBACIÓN DE LA CONVENCIÓN
SOBRE LA PROHIBICIÓN DE UTILIZAR TÉCNICAS DE MODIFICACIÓN
AMBIENTAL
CON FINES MILITARES U OTROS FINES HOSTILES
(ENMOD)
Artículo 1.- Aprobar la Convención Sobre la Prohibición
de Utilizar Técnicas de Modificación Ambiental con Fines Militares
u Otros Fines Hostiles (ENMOD), adoptada por la Asamblea
General de las Naciones Unidas, mediante Resolución 31/72, el día
10 de diciembre de 1976 y suscrita por la República de Nicaragua,
el día 11 de agosto de 1977.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional, a los doce
días del mes de diciembre del año dos mil seis. ING. EDUARDO
GÓMEZ LÓPEZ, Presidente Asamblea Nacional. DRA. MARÍA
AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS, Secretaria de la Asamblea
Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, veintiuno de diciembre
del año dos mil seis. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de
la República de Nicaragua.
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