De Aprobación De La Adhesión Al Protocolo Contra La Fabricación Y El Tráfico Ilícito De Armas De Fuego, Sus Piezas Y Componentes Y Municiones, Que Complementa La Convención De Las Naciones Unidas Contra La Delincuencia Organizada Transnacional
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DE APROBACIÓN DE LA ADHESIÓN AL
PROTOCOLO CONTRA LA FABRICACIÓN Y EL TRÁFICO ILÍCITO DE ARMAS DE
FUEGO, SUS PIEZAS Y COMPONENTES Y MUNICIONES, QUE COMPLEMENTA LA
CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
TRANSNACIONAL
DECRETO A. N. No. 4967, Aprobado el 12 de Diciembre del
2006
Publicado en La Gaceta No. 13 del 18 de Enero del 2007
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DE APROBACIÓN DE LA ADHESIÓN AL PROTOCOLO CONTRA LA FABRICACIÓN
Y EL TRÁFICO ILÍCITO DE ARMAS DE FUEGO, SUS PIEZAS Y COMPONENTES Y
MUNICIONES, QUE COMPLEMENTA LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS
CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA TRANSNACIONAL
Artículo 1.- Aprobar la Adhesión al Protocolo Contra la
Fabricación y el Tráfico Ilícito de Armas de Fuego, sus Piezas y
Componentes y Municiones, que complementa la Convención de las
Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizadas Transnacional,
adoptado mediante Resolución número A/RES/255 del 31 de mayo del
año 2001 en la 55ava. Sesión de la Asamblea General de las Naciones
Unidas y abierto a firma en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva
York hasta el 12 de diciembre del año 2002.
Artículo 2.- El presente Decreto es de orden público y
entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La
Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional, a los doce
días del mes de diciembre del año dos mil seis. ING. EDUARDO
GÓMEZ LÓPEZ, Presidente Asamblea Nacional. DRA. MARÍA
AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS, Secretaria de la Asamblea
Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, veintiuno de diciembre
del año dos mil seis. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de
la República de Nicaragua.
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