De Aprobacion De Contrato De Prestamo Suscrito Con El Fondo De Inversiones Venezolano (Fiv) Para La Adquisicion De Materiales De Cosntruccion De Viviendas
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DE APROBACION DE CONTRATO DE
PRESTAMO SUSCRITO CON EL FONDO DE INVERSIONES VENEZOLANO (FIV) PARA
LA ADQUISICION DE MATERIALES DE COSNTRUCCION DE VIVIENDAS
DECRETO A.N. No. 1466, Aprobado el 28 de Agosto de
1996
Publicado en La Gaceta No. 192 de 10 de Octubre de 1996
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo Nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DE APROBACION DE CONTRATO DE PRESTAMO SUSCRITO CON EL FONDO DE
INVERSIONES VENEZOLANO (FIV) PARA LA ADQUISICION DE MATERIALES DE
CONSTRUCCION DE VIVIENDAS
Artículo 1.- Apruébase el Contrato de Préstamo suscrito el
pasado 15 de Abril de 1996 entre el Fondo de inversiones de
Venezuela (FIV) y el Gobierno de la República por un monto de seis
millones quinientos noventa y cuatro mil doscientos cuarenta y
nueve dólares de los Estados Unidos de América (US$ 6,594,249.00),
destinados a financiar la, adquisición de materiales de
construcción de origen venezolano o producidos en el País para la
construcción de viviendas.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de la fecha de su publicación en cualquier medio de
comunicación social escrito sin perjuicio de su posterior
publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional, a los veintiocho días del mes de Agosto de mil
novecientos noventa y seis. CAIRO MANUEL LOPEZ -Presidente
de la Asamblea Nacional.-JAIME BONILLA. -Secretario de la
Asamblea Nacional.-
POR TANTO:
Publíquese y Ejecútese. Managua, dieciocho de Septiembre de mil
novecientos noventa y seis.-VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO .
-Presidente de la República de Nicaragua.
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