Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Rango: Decretos Legislativos
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(CRÉASE EN LA CAPITAL DE LA
REPÚBLICA, UNA ESCUELA MILITAR QUE SE LLAMARÁ ACADEMIA MILITAR DE
NICARAGUA)
DECRETO No. 35, Aprobado el 9 de Noviembre de 1939
Publicada en La Gaceta No. 256 del 22 de Noviembre de 1939
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
A sus habitantes,
SABED:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y LA DEL SENADO DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA,
DECRETAN:
Artículo 1.- Créase en la Capital de la República, una
escuela militar que se llamará Academia Militar de
Nicaragua.
Artículo 2.- La Academia Militar tendrá por objeto preparar
a los nuevos oficiales de la Guardia Nacional, por medio de cursos
reglamentarios de la carrera, no menores de dos años.
Artículo 3.- Para el mejor funcionamiento de la Academia, el
Poder Ejecutivo queda ampliamente facultado a lo siguiente:
1.- A determinar y proporcionar el lugar en que deberá ser
instalada la Academia Militar, acondicionándolo de la manera más
adecuada.
2.- A contratar los servicios de militares extranjeros para que
sirvan los cargos de Director y profesores de dicha institución;
y
3.- A dictar los reglamentos y programas de estudio
correspondientes.
Artículo 4.- La Academia Militar de Nicaragua, deberá
comenzar sus labores durante el presente año fiscal y el
presupuesto de la misma deberá ser presentado al Congreso para su
aprobación en las presentes sesiones ordinarias.
Artículo 5.- Esta ley entrará en vigor desde su publicación
en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua,
D. N., 9 de Noviembre de 1939.- (f) A. Montealegre, D. P.-
(f) A. Cantarero, D. S.- (f) Henry Pallais B., D.
S.
Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.- Managua, D. N., 9 de
Noviembre de 1939.- (f) Onofre. Sandoval, S. P.- (f)
Carlos A. Velásquez, S. S.- (f) Arturo Manilla, S.
S.
Por Tanto:- Ejecútese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., trece
de Noviembre de mil novecientos treinta y nueve.- A. SOMOZA,
Presidente de la República.- J. RIGOBERTO REYES, Ministro de
la Guerra.
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