Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Legislativos
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AUTORIZACIÓN AL PODER EJECUTIVO
PARA SUSCRIBIR CON BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN PRÉSTAMO
POR U $250,000.00
Decreto No. 1660 , Aprobado el 20 de diciembre de
1969
Publicado en La Gaceta No. 36 del 12 de febrero de 1970
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
DECRETO
La Cámara de Diputados y la Cámara del
Senado de la República de Nicaragua,
Decretan:
Artículo 1º.- Se autoriza al Poder Ejecutivo en el Ramo de
Hacienda y Crédito Público, para que por medio del Señor Ministro
de Hacienda y Crédito Público, o la persona que él delegue,
suscribir con el Banco Centroamericano de Integración Económica, en
nombre del Gobierno de Nicaragua, un Contrato de Préstamo hasta por
la suma de Doscientos Cincuenta Mil Dólares (US$ 250,000.00)
pagaderos en un plazo de siete años, incluyendo 2 de gracia, con un
interés de 5½% anual y una comisión de compromiso de ¾ del 1% anual
sobre los saldos no desembolsados. Se pagarán, además, por gastos
de inspección y vigilancia un tercio (1/3) del uno por ciento sobre
las sumas que, llegaren a usarse del Préstamo BID Número 93/SF-C.A.
al efectuarse cada desembolso. El producto de este Préstamo será
para el financiamiento de los estudios finales de ingeniería de la
Carretera Sébaco-San Benito y Pista de Circunvalación de Managua,
los que son de alta prioridad del sistema regional del país.
Artículo 2º.- La presente autorización comprende la
facultad de firmar todos los documentos que fuere preciso en la
tramitación del Préstamo en referencia, y aceptar las cláusulas y
condiciones requeridas, así como la de incluir en los
correspondientes Presupuestos de Ingresos y Egresos de la
República, las cantidades necesarias para el oportuno cumplimiento
de las obligaciones contraídas.
Artículo 3º.- Este Decreto regirá desde la fecha de su
publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua,
D. N., 18 de Diciembre de 1969. -(f) Orlando Montenegro
Medrano , D. P. -(f) César Acevedo Quiroz, D. S. - (f)
Olga Núñez de, Saballos, D. S.
Al Poder Ejecutivo. Cámara del Senado, Managua, D. N., 19 de
Diciembre de 1969. -(f) Humberto Castillo M., S. P. -(f)
Gustavo Raskosky , S. S. -(f) Eduardo Rivas
Gasteazoro, S. S.
Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial, Managua, D. N., 20 de
Diciembre de mil novecientos sesenta y nueve. -(f) A. SOMOZA
D ., Presidente de la República. -(f) Jorge Ulises
Chévez, Viceministro de Hacienda y Crédito Público.
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