Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Mercantil
Rango: Decretos Legislativos
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(APRUÉBESE LA CONVENCIÓN SOBRE
DERECHO MERCANTIL)
Aprobado el 27 de Agosto de 1901.
Publicado en La Gaceta No. 1451 del 13 de Septiembre de 1901.
LA ASAMBLEA NACIONAL LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA,
DECRETA:
Único- Aprobar la convención sobre Derecho Mercantil que
literalmente dice:
Los Gobiernos de Nicaragua, Costa Rica, Guatemala, Honduras y El
Salvador, por medio de sus respectivos Delegados Plenipotenciarios,
á saber:
Los señores Doctores don Tiburcio G. Bonilla y don Bruno H.
Buitrago, por Nicaragua; el señor Licenciado don Ricardo Pacheco,
por Costa Rica; los señores Licenciados don Salvador Escobar y don
Rafael Montúfar, por Guatemala; los señores Doctores don Fausto
Dávila y don José Leonard, por Honduras; y los señores Doctores don
Manuel Delegado y don Francisco Martínez Suárez, por El
Salvador.
A efecto de establecer reglas uniformes de Derecho Mercantil en las
cinco Repúblicas de la América Central, han convenido en lo
siguiente, previa exhibición de sus poderes que se encontraron en
debida forma.
Artículo Único.- Ratificase el Tratado sobre Derecho
Mercantil que celebrarán en Guatemala el 15 de Junio de 1897 los
Delegados al primer Congreso Jurídico Centro Americano, con la
modificación del artículo 37 que para mayor claridad queda
así:
Este Tratado será ley de la República que lo acepte desde que se
promulgue la ratificación respectiva y regirá como pacto
internacional entre dos ó más Estados desde que se comunique su
aprobación, lo cual equivalen al canje.
La no aceptación de alguna ó algunas de las cláusulas de este
Tratado, no impedirá que tenga fuerza legal en lo demás.
En fe de lo cual los infrascritos Plenipotenciarios, lo hemos
firmado y sellado en número de cinco de Febrero de mil novecientos
uno.- T. G. Bonilla.- Bruno H. Buitrago.- Ricardo Pacheco.-
Salvador. Escobar.- Rafael Montúfar.- F. Dávilla.- J. Leonard.-
Manuel Delgado.- Francisco Martínez.
Dado en el Salón de Sesiones.- Managua, 27 de Agosto de 1901.-
Santiago Callejas, D. P.- J. Irías.- D. S.- L.
Rodríguez.- D. S.
Cúmplase.- Palacio Nacional.- Managua, 30 de Agosto de 1901.- J.
S. Zelaya.- El Ministro de Relaciones Exteriores.- Fernando
Sánchez.
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