Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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APRUÉBASE PRÉSTAMO CON EL BCIE
PARA CONSTRUCCIÓN CARRETERA ACOYAPA - SAN CARLOS Y RAMAL A SAN
MIGUELITO
Decreto No. 729 de 15 de Agosto de 1978
Publicado en La Gaceta No. 225 de 06 de octubre de 1978
El Presidente de la República
a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso Nacional ha ordenado lo siguiente:
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de
Nicaragua.
Decretan:
Artículo 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo en el Ramo de
Hacienda y Crédito Público, para que por medio del Señor Ministro o
la persona en quien éste delegue, suscriba a nombre del Estado un
Contrato de Préstamo con el Banco Centroamericano de Integración
Económica (BCIE), hasta por la cantidad de Once Millones
Setecientos Mil Dólares (US$11.700,000.00), con un plazo de quince
(15) años que incluye cinco (5) de gracia, devengando una tasa de
interés del ocho tres cuartos por ciento (8.3/4%) anual sobre los
saldos desembolsados, más una comisión de compromiso de tres
cuartos del uno por ciento (3/4 del 1%) anual sobre los saldos no
desembolsados.
Artículo 2.- El monto de este préstamo constituye una
ampliación al préstamo original que por Cinco Millones
Cuatrocientos Cincuenta Mil Dólares (US$5.450,000.00), otorgó el
mencionado Banco a la República de Nicaragua, y sus fondos serán
utilizados para financiar la construcción y supervisión de la
Sección II de la Carretera Acoyapa - San Carlos, y el Ramal a San
Miguelito, sin pavimentar.
Artículo 3.- La presente autorización comprende la facultad
de suscribir todos los documentos necesarios en esta clase de
préstamos e incorporar las cláusulas que mejor aseguren los
intereses del Estado; así como la de incluir en los respectivos
Presupuestos Generales de Ingresos y Egresos de la República, las
cantidades necesarias para el cumplimiento de las obligaciones
contraídas.
Artículo 4.- La presente Ley entrará en vigor desde la fecha
de su publicación en "La Gaceta" Diario Oficia.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D.
N., quince de agosto de mil novecientos setenta y ocho. Luis H.
Pallais Debayle, Presidente.Orlando Morales Ocón,
Secretario. Agapito Fernández García, Secretario.
Al Poder Ejecutivo. Cámara de Senado, Managua, D. N., 29 de
Septiembre de 1978. Pablo Rener, Presidente. Ramiro
Granera Padilla, Secretario. Ramón Paiz Cervantes,
Secretario.
Por tanto: Ejecútese. Casa Presidencial, Managua, Distrito
Nacional, a los treinta días del mes de septiembre de mil
novecientos setenta y ocho. A. Somoza D., Presidente de la
República. Samuel Genie A., Ministro de Hacienda y C.
P."
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