Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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APRUÉBASE EL PROTOCOLO AL
TRATADO CONSTITUTIVO DEL PARLAMENTO CENTROAMERICANO Y OTRAS
INSTANCIAS POLÍTICAS
DECRETO A.N. No. 430 de 16 de Octubre 1991
Publicado en La Gaceta No. 230 de 5 de Diciembre 1991
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo Nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Considerando
I
Que los Presidentes de Centroamérica suscribieron en la Ciudad de
San Salvador, El Salvador, el 16 de Julio de 1991, un segundo
Protocolo al Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano y
Otras Instancias Políticas.
II
Que los Mandatarios Centroamericanos han reiterado la importancia
que tiene el Parlamento Centroamericano como: "Foro en el que los
pueblos del Área, por medio de sus representantes elegidos libre y
directamente discutirán y formularán recomendaciones apropiadas
sobre los problemas políticos, económicos y sociales de
Centroamérica.
En uso de sus facultades,
Ha dictado
El siguiente:
Decreto
Artículo 1.- Apruébase el Protocolo al Tratado Constitutivo
del Parlamento Centroamericano y Otras Instancias Políticas,
suscrito en San Salvador, República de El Salvador, por el
Presidente de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y
Nicaragua el 16 de Julio de 1991.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación por cualquier medio de comunicación
social, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta,
Diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los
dieciséis días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y
uno.- Luis Sánchez Sancho. Presidente de la Asamblea
Nacional por Ley.- Willian Frech Frech. Secretario de la
Asamblea Nacional.
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese.- Managua, cinco de Noviembre de
mil novecientos noventa y uno.- Violeta Barrios de Chamorro.
Presidente de la República.
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