Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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APRUÉBASE CONTRATO DE PRÉSTAMO
CON EL BCIE PARA PROGRAMA DE LA ROYA
Decreto No. 710 de 26 de julio de 1978
Publicado en La Gaceta No. 170 de 1 de agosto de 1978.
El Presidente de la República, a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso Nacional ha ordenado lo siguiente:
Decreto No.710
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de
Nicaragua,
Decretan
Artículo 1.- Se autoriza al Poder Ejecutivo en el Ramo de
Hacienda y Crédito Público, para que por medio del señor Ministro o
de la persona en quien éste delegue, suscriba en nombre del Estado
un Contrato de Préstamo por la cantidad de Siete Millones de
Dólares (US$7,000,000.00), con el Banco Centroamericano de
Integración Económica (BCIE); con un plazo mínimo de cinco (5)
años, que incluye dos (2) años de gracia contados a partir de la
suscripción del Contrato, con una tasa de interés que resulte del
costo de los recursos para el Banco más el uno por ciento (1%)
anual a revisarse semestralmente sobre los saldos desembolsados más
una Comisión de compromiso del tres cuartos del uno por ciento (3/4
del 1%) anual sobre los saldos no desembolsados.
Artículo 2- Los fondos de este préstamo serán utilizados
para financiar el Programa de Combate de la Roya del Cafeto durante
el segundo semestre de 1978.
Artículo 3.- La presente autorización comprende la facultad
de suscribir todos los documentos necesarios en esta clase de
préstamos e incorporar las cláusulas que mejor aseguren los
intereses del Estado; así como incluir en los respectivos
Presupuestos Generales de Ingresos y Egresos de la República, las
cantidades necesarias para el cumplimiento de las obligaciones
contraídas.
Artículo 4.- La presente Ley entrará en vigor desde la fecha
de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta".
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua,
D.N., veintiséis de julio de mil novecientos setenta y ocho. (f)
Francisco Urcuyo Maliaño,Presidente; (f) Orlando Morales
Ocón, Secretario; (f) Fernando Zelaya Rojas,
Secretario
Al Poder Ejecutivo. -Cámara del Senado. -Managua, D.N., 28 de julio
de 1978. -Pablo Rener, Presidente. -Ramiro Granera
Padilla, Secretario. -Uriel Herdocia Argüello,
Secretario.
Por tanto: Ejecútese. Casa Presidencial. Managua, D.N., veintiocho
de julio de mil novecientos setenta y ocho. (f) A. Somoza
D., Presidente de la República; (f) Samuel Genie A.,
Ministro de Hacienda y C.P.
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