Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Mercantil
Rango: Decretos Legislativos
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APROBAR EL CONVENIO
INTERNACIONAL DEL TRIGO.
DECRETO LEGISLATIVO No. 5, Aprobado el 25 de Octubre de 6 de
1949.
Publicado en La Gaceta No. 243 del 7 de Noviembre de 1949
El Presidente de la República, a sus habitantes
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
Resolución No. 23
La Cámara de Diputados y la del Senado de la República de
Nicaragua
Resuelven:
Único:- Aprobar el Convenio Internacional del Trigo,
suscrito por el Plenipotenciario de Nicaragua en Washington, el día
23 de Marzo de 1949, así como el Decreto Ejecutivo No. 5 de fecha
25 de octubre de 1949, que le da su aprobación.
Esta Resolución deberá publicarse en La Gaceta, Diario
Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua,
D.N. 27 de Octubre de 1949. (f) Alejandro Arguello Montiel, D.P.
(f) Aurelio Arguello Montiel D.S.- (f) Aurelio Montenegro, D.S.-
(f) Vicente F. Pérez, D.P. (L.S.)
Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.- Managua, D.N. 28 de
Octubre de 1949.- (f) José María Zelaya C., C.S.P.- (f) Salvador
Castillo S.S.- (f) Pablo Rener, S.S. (L.S.)
Comuníquese. Casa Presidencial. Managua, D. N., 25 de Octubre 6
de 1949. V. M. ROMÁN. El Ministro de Estado en el
Despacho de Relaciones Exteriores, Oscar Sevilla
Sacasa.
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