Aprobación Del “Protocolo Al Convenio Centroamericano Para La Protección De La Propiedad Industrial” (Marcas, Nombres Comerciales Y Expresiones O Señales De Propagandas)
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO DE APROBACIÓN DEL
PROTOCOLO AL CONVENIO CENTROAMERICANO PARA LA PROTECCIÓN DE LA
PROPIEDAD INDUSTRIAL (MARCAS, NOMBRES COMERCIALES Y EXPRESIONES O
SEÑALES DE PROPAGANDAS)
DECRETO A.N. No. 2995, Aprobado el 26 de Junio del
2001
Publicado en La Gaceta No. 135 del 17 de Julio del 2001
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE
NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA
DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DE APROBACIÓN DEL PROTOCOLO AL
CONVENIO CENTROAMERICANO PARA LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD
INDUSTRIAL (MARCAS, NOMBRES COMERCIALES Y EXPRESIONES O SEÑALES DE
PROPAGANDAS)
Artículo 1.- Apruébese el Protocolo al Convenio
Centroamericano para la Protección de la Propiedad Industrial
(Marcas, Nombres Comerciales y Expresiones o Señales de
Propaganda), suscrito en la ciudad de San José, Costa Rica el 17 de
septiembre de 1999, por el Ministerio de Comercio Exterior de Costa
Rica, Samuel Guzowski; el Ministro de Economí a de El Salvador,
Miguel Ernesto Lacayo; el Viceministro de Economía, Ministro en
Funciones de Guatemala, José Guillermo Castillo y el Ministro de
Fomento, Industria y Comercio de Nicaragua, Noel Sacasa Cruz.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la
Asamblea Nacional, a los veintiséis días del mes de Junio del dos
mil uno. OSCAR MONCADA REYES, Presidente de la Asamblea
Nacional. PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLÓN, Secretario de la
Asamblea Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, tres de Julio del
año dos mil uno. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la
República de Nicaragua.
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