Aprobación Del «Convenio Sobre Prevención Del Uso Indebido Y Represión Del Tráfico Ilícito De Estupefacientes Y De Sustancias Psicotrópicas Entre El Gobierno De La República De Nicaragua Y El Gobierno De La República De Argentina»
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Penal
Rango: Decretos Legislativos
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APROBACIÓN DEL «CONVENIO SOBRE
PREVENCIÓN DEL USO INDEBIDO Y REPRESIÓN DEL TRÁFICO ILÍCITO DE
ESTUPEFACIENTES Y DE SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS ENTRE EL GOBIERNO DE
LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE
ARGENTINA»
DECRETO A.N. No. 2076. Aprobado el 14 de Octubre de
1998.
Publicado en La Gaceta No. 216 de 12 de Noviembre de 1998.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO:
DE APROBACIÓN DEL «CONVENIO SOBRE PREVENCIÓN DEL USO INDEBIDO Y
REPRESIÓN
DEL TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES Y DE SUSTANCIAS
PSICOTRÓPICAS ENTRE
EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL GOBIERNO
DE
LA REPÚBLICA DE ARGENTINA»
Artículo 1.- Apruébase el Convenio Constitutivo sobre
Prevención del Uso Indevido y Represión del Tráfico Ilícito de
Estupefacientes y de Sustancias Psicotrópicas entre el Gobierno de
la República de Nicaragua y el Gobierno de la República de
Argentina, suscrito en Buenos Aires, Argentina el 25 de Marzo de
1992.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario
Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional, a los catorce días del mes de Octubre de mil novecientos
noventa y ocho.- IVÁN ESCOBAR FORNOS.- PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA
NACIONAL.- NOEL PEREIRA MAJANO.- SECRETARIO DE LA ASAMBLEA
NACIONAL.
POR TANTO:
Publíquese y ejecútese. Managua, veintiocho de Octubre de mil
novecientos noventa y ocho.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO.- PRESIDENTE
DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.
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