Aprobacion Del Contrato De Prestamo Suscrito Entre Bituminous Asphalt Sealing Specialists, Inc. (Bass) Y El Gobierno De La Republica De Nicaragua Para Financiar La Construccion Llave En Mano Del Programa Denominado Programa De Renovacion De La Red Vial En Nicaragua
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE
PRÉSTAMO SUSCRITO ENTRE BITUMINOUS ASPHALT SEALING SPECIALISTS,
INS. (BASS) Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA PARA
FINANCIAR LA CONSTRUCCIÓN LLAVE EN MANO DEL PROGRAMA DENOMINADO
PROGRAMA DE RENOVACIÓN DE LA RED VIAL EN NICARAGUA
DECRETO A.N. No. 1803; Aprobado el 25 de Noviembre de
1997
Publicado en La Gaceta No. 239 del 16 de Diciembre de 1997
DECRETO A.N. No. 1803
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO SUSCRITO ENTRE BITUMINOUS
ASPHALT SEALING SPECIALISTS, INS. (BASS) Y EL GOBIERNO DE LA
REPUBLICA DE NICARAGUA PARA FINANCIAR LA CONSTRUCCIÓN LLAVE EN MANO
DEL PROGRAMA DENOMINADO PROGRAMA DE RENOVACIÓN DE LA RED VIAL EN
NICARAGUA
Artículo 1.- Apruébase el Contrato de Préstamo suscrito el 5
de Septiembre de 1997 entre Bituminous Asphalt Sealing Specialists,
Inc, (BASS), entidad financiera privada, con domicilio en los
Estados Unidos de América y el Banco Central de Nicaragua, en su
carácter de Agente Financiero del Gobierno de Nicaragua, por un
monto de Sesenta Millones de Dólares de los Estados Unidos de
América (US$ 60,000,000.00), para la Construcción «Llave en Mano»
de los siguientes proyectos del Programa denominado Renovación de
la Red Vial en Nicaragua: Pavimentación de la carretera Acoyapa-San
Carlos, Construcción de la carretera Jinotega-Chagüitillo y
Construcción del viaducto prolongación de la Avenida Bolívar.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación por cualquier medio de comunicación social
escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta,
Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional, a los veinticinco días del mes de Noviembre de mil
novecientos noventa y siete.- IVÁN ESCOBAR FORNOS,
Presidente de la Asamblea Nacional.- CARLOS GUERRA GALLARDO,
Secretario de la Asamblea Nacional.
POR TANTO:
Publíquese y Ejecútese. Managua, doce de Diciembre de mil
novecientos noventa y siete.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO,
Presidente de la República de Nicaragua.
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