Aprobacion Del Contrato De Prestamo No. 1640 Entre El Banco Centroamericano De Integracion Economica Y La Republica De Nicaragua, Para Financiar Parcialmente La Ejecucion Del “Programa De Desarrollo Economico De La Region De Nicaragua”
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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APROBACIÓN DEL CONTRATO DE
PRÉSTAMO No. 1640 ENTRE EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN
ECONÓMICA Y LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, PARA FINANCIAR PARCIALMENTE
LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA REGIÓN DE
NICARAGUA
DECRETO No. 3921 , Aprobado el 19 de mayo del 2004
Publicado en La Gaceta No. 131 del 06 de julio del 2004
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
Hace saber el pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA
DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que con fecha 27 de octubre de 2003, se suscribió el Contrato de
Préstamo No. 1640 entre el Banco Centroamericano de Integración
Económica (BCIE) y la República de Nicaragua, representada por el
Ministerio de Hacienda y Crédito Público de (MHCP), por un monto de
US$ 3,995,000.00 (Tres Millones Novecientos Noventa y Cinco Mil
Dólares), moneda de los Estados Unidos de América, provenientes de
el Fondo Especial para la Transformación Social de Centroamérica
(FETS), para financiar parcialmente de la ejecución del Programa
de Desarrollo Económico de la Región Seca de Nicaragua (PRODESEC),
que será ejecutado por el Instituto de Desarrollo Rural (IDR).
II
Que las condiciones financieras del préstamo son compatibles con
los lineamientos de la política para nuevo endeudamiento, impulsada
por el Gobierno de la República de Nicaragua, ya que el préstamo:
tendrá un plazo de veinticinco (25) años incluyendo hasta cinco (5)
años de gracia, contados a partir de la fecha de suscripción del
Contrato de Préstamo; devengará una tasa de interés fija de tres
punto sesenta y dos ochenta y un (3.6281) por ciento anual, durante
la vigencia del préstamo que será concesional y que permitirá un
porcentaje de alivio de acuerdo con los términos establecidos por
los organismos multilaterales.
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO
No. 1640 ENTRE EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA Y
LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, PARA FINANCIAR PARCIALMENTE LA EJECUCIÓN
DEL PROGRAMA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA REGIÓN DE
NICARAGUA
Artículo 1.- Apruébese el Contrato de Préstamo No. 1640,
suscrito entre el Banco Centroamericano de Integración Económica
(BCIE) y la República de Nicaragua, representada por el Ministerio
de Hacienda y Crédito Público (MHCP), por valor de US$ 3,995,000.00
(Tres Millones Novecientos Noventa y Cinco Mil Dólares), moneda de
los Estados Unidos de América, provenientes del Fondo Especial para
la Transformación Social de Centroamérica (FETS), para financiar
parcialmente la ejecución Programa de Desarrollo Económico de la
Región Seca de Nicaragua (PRODESEC).
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de esta fecha sin perjuicio de su posterior publicación en
La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la
Asamblea Nacional, a los diecinueve días del mes de mayo del año
dos mil cuatro. CARLOS NOGUERA PASTORA, Presidente de la
Asamblea Nacional.- EDUARDO GOMEZ LOPEZ, Secretario de la
Asamblea Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, dos de junio del año
dos mil cuatro. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER , Presidente de la
República de Nicaragua.
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