Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO DE APROBACIÓN DEL
CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 1089/SF-NI "PROGRAMA DE APOYO A LA REFORMA
DEL SISTEMA DE PENSIONES"
DECRETO A.N. No. 3194, Aprobado el 4 de Diciembre del
2001
Publicado en La Gaceta No. 239 del 17 de Diciembre del 2001
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA,
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA
DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que el 23 de Octubre de 2001, fue suscrito entre el señor Eduardo
Balcárcel, Representante del Banco interamericano de Desarrollo
(BID) y el Ingeniero Esteban Duque Estrada, Ministro de Hacienda y
Crédito Público, en nombre y representación del Gobierno de la
República de Nicaragua, el contrato de Préstamo No. 1089/SF-NI, por
un monto de treinta millones de dólares (US$30,000,000.00) o su
equivalente en otras monedas, excepto la de Nicaragua, que formen
parte de dichos recursos para financiar el "Programa de Apoyo a la
Reforma del Sistema de Pensiones". Dichos recursos conforme el
Anexo Único del Contrato de Préstamo, serán utilizados para: a)
Reembolsar el cien por ciento (100%) del costo en divisas de
importaciones elegibles, hasta por el equivalente de veintinueve
millones setecientos mil dólares de los Estados Unidos de América
(US$29.700.000.00), y b) Cubrir gastos de Inspección y vigilancia
generales del Banco, hasta por trescientos mil dólares de los
Estados Unidos de América (US$300,000.00).
II
Que el préstamo es altamente concesional, con un plazo de pago de
40 años, incluyendo un periodo de gracia de 10 años, devengará una
tasa de interés del uno por ciento (1%) por año hasta los diez años
contados a partir de la fecha de firma del presente Contrato y del
dos por ciento (2%) por año desde esa fecha en adelante, que se
devengarán desde las fechas de los respectivos desembolsos y una
comisión de crédito del 1/2 % que empezará a devengarse a los doce
(12) meses contados a partir del 10 de Octubre de 2001, fecha en la
que el Directorio Ejecutivo del Banco aprobó la Resolución relativa
a este financiamiento.
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO
NO. 1089/SF-NI " PROGRAMA DE APOYO A LA REFORMA DEL SISTEMA DE
PENSIONES"
Artículo 1.- Apruébese el Contrato de Préstamo No.
1089/SF-NI, suscrito el 23 de Octubre del 2001, entre el Banco
Interamericano de Desarrollo (BID), con domicilio en los Estados
Unidos de Norteamérica y el Gobierno de la República de Nicaragua,
por un monto de treinta millones de dólares (US$30,000,000.00) para
financiar el "Programa de Apoyo a la Reforma del Sistema de
Pensiones". Dichos recursos conforme el Anexo Único del Contrato de
Préstamo, serán utilizados para: a) Reembolsar el ciento por ciento
(100%) del Costo en divisas de importaciones elegibles, hasta por
el equivalente de veintinueve millones setecientos mil dólares de
los Estados Unidos de América (US$29,700.00.00), y b) Cubrir los
gastos de inspección y vigilancia generales del Banco, hasta por
(trescientos mil dólares de los Estados Unidos de América
(US$300,000.00).
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la
Asamblea Nacional, a los cuatro días del mes de Diciembre de dos
mil uno.- ÓSCAR MONCADA REYES, Presidente de la Asamblea
Nacional.- PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLÓN, Secretario de la
Asamblea Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, seis de Diciembre
del año dos mil uno.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de
la República de Nicaragua.
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