Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO DE APROBACIÓN DEL
CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 1074/SF-NI PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO
JUDICIAL Y ACCESO A LA JUSTICIA
DECRETO A.N. No. 2998, Aprobado el 03 de Julio del
2001
Publicado en La Gaceta No. 189 del 05 de Octubre del 2001
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA
DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que el 18 de Marzo de 2001, fue suscrito entre el señor Enrique
Iglesias, Presidente del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y
el Doctor Francisco Aguirre Sacasa, Ministro de Relaciones
Exteriores, en nombre y representación del Gobierno de la República
de Nicaragua, el Contrato de Préstamo No. 1074/SF-NI, por un monto
de doce millones de dólares (US$12,000.000.00) o su equivalente en
otras monedas, excepto la de Nicaragua, que formen parte de dichos
recursos para financiar el " Programa de Fortalecimiento Judicial y
Acceso a la Justicia".
II
Que el préstamo es altamente concesional, con un plazo de pago de
40 años, incluyendo un período de gracia de 10 años, devengará una
tasa de interés del uno por ciento (1 %) por año hasta los diez
(10) años contados a partir de la fecha de firma del presente
Contrato y del dos por ciento (2%) por año desde esa fecha en
adelante, que se devengará desde las fechas de los respectivos
desembolsos y una comisión de crédito de '/2 % que empezará ; a
devengarse a los doce meses contados a partir del 28 de Febrero de
2001, fecha en la que el Directorio Ejecutivo del Banco aprobó este
financiamiento.
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO
No. 1074/SF-NI PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO JUDICIAL Y ACCESO A LA
JUSTICIA
Artículo 1.- Apruébese el Contrato de Préstamo No.
1074/SF-NI, suscrito el 18 de Marzo de 2001 entre el Banco
Interamericano de Desarrollo (BID), con domicilio en los Estados
Unidos de América y el Gobierno de la República de Nicaragua, por
un monto de doce millones de dólares (US$12,000.000.00), para
financiar el "Programa de Fortalecimiento Judicial y Acceso a la
Justicia.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la
Asamblea Nacional, a los tres días del mes de Julio del dos mil
uno. OSCAR MOCADA REYES, Presidente de la Asamblea Nacional
. PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLÓN, Secretario de la Asamblea
Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese.- Managua, nueve de Julio del
año dos mil uno. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la
República de Nicaragua.
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