Tranferencia De Mercadería A Lista Número Uno Y Número Dos

Descarga el documento

Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Empresa Industria y Comercio Rango: Decretos Ejecutivos - TRANFERENCIA DE MERCADERÍA A LISTA NÚMERO UNO Y NÚMERO DOS DECRETO No. 51. Aprobado el 31 de Enero de 1962. Publicado en La Gaceta No. 32 del 7 de Febrero de 1962. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, En uso de las facultades que le confiere el Arto. 195, ordinal 3) Cn., y el Arto. 20 de la Ley Reguladora de Cambios Internacionales de 9 de Junio de 1961. DECRETA: Artículo 1.- Se transfieren a Primera Categoría o Lista Número Uno las siguientes mercaderías: 048-09-01 Extracto y harina de malta. Artículo 2.- Se transfieren a Segunda Categoría o Lista Número Dos las siguientes mercaderías: 721-07-00- Artículos y accesorios eléctricos n.e.p., para vehículos de motor, aeronaves, buques, velocípedos y motores de explosión. Artículo 3.- Este Decreto entrará en vigor desde la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial. Dado en Casa Presidencial.- Managua, D. N., treinta y uno de Enero de mil novecientos sesenta y dos.- LUIS A. SOMOZA D.- EL MINISTRO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ECONOMÍA.- J. J.- LUGO MARENCO. -