Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Decretos Ejecutivos
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TASA POR SERVICIOS A LA
IMPORTACIÓN DE MERCANCÍAS
DECRETO No. 192, Aprobado el 13 de Mayo de 1986
Publicado en La Gaceta No. 96 del 14 de Mayo de 1986
El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
DECRETAArtículo 1.-Se establece una tasa por servicios de un mil
córdobas (C$1.000.00) por cada tonelada bruto o fracción, aplicable
a toda importación de mercancías, la que será colectada por la
Dirección General de Aduanas.
Artículo 2.-Por razones vinculados al fomento de la
producción o para efectuar los ajustes necesarios al cobro por
tales servicios, se faculta al Ministerio de Finanzas para que
mediante Acuerdo Ministerial previa autorización de la Presidencia
de la República, pueda disponer:
a) Eximir total o parcialmente de la tasa establecida a los
artículos o productos que tengan un precio pre-establecido por el
Gobierno, o que constituyan materias primas tales como trigo para
harina, semillas oleaginosas para aceite comestible, aceite
semielaborado, petróleo crudo y sal para uso industrial.
b) Restablecer la aplicación de la tasa excluida.
c) Establecer una nueva tasa a todas o a determinadas
mercancías.
Artículo 3.-Quedan sin efecto las disposiciones contenidas
en los Planes de Arbitrios de las Municipalidades que se refieran
al cobro de impuestos de introducción de mercadería de origen
importado.
Artículo 4.-El Ministerio de Finanzas destinará la Partida
Presupuestaria necesaria para asegurar a las Municipalidades el
mantenimiento de un ingreso proporcional al que generaban Los
impuestos suprimidos por el artículo anterior, como si aquellos
estuvieren aún en vigencia
Artículo 5.-Se derogan. los Decretos Nos. 886 publicados en
la Gaceta No. 227 del 5 de Diciembre de 1981; y No. 1054 publicado
en la Gaceta No. 138 del 14 de Junio de 1982.
Artículo 6.-El presente Decreto entrará en vigencia a partir
de su publicación por cualquier medio de comunicación colectiva sin
perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta", Diario
Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los trece días del mes de Mayo de
mil novecientos ochenta y seis. "A 25 años, "Todas las Armas contra
la Agresión".DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, Presidente.
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