Suspéndense Permisos De Portación De Armas Con Motivo De Las Inscripciones Ahora En Noviembre

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Orden Interno Rango: Decretos Ejecutivos - SUSPÉNDENSE PERMISOS DE PORTACION DE ARMAS CON MOTIVO DE LAS INSCRIPCIONES AHORA EN NOVIEMBRE Decreto No. 372 de 05 de noviembre de 1971 Publicado en La Gaceta No. 252 de 6 de Noviembre de 1971 El Presidente de la República, en uso de sus facultades, Decreta: Primero.-Con motivo de que en el presente mes han de celebrarse las inscripciones de ciudadanos para la elección de Diputados a la Asamblea Nacional Constituyente, que tendrá lugar el primer domingo de Febrero de 1972, se suspenden los permisos de portación de armas extendidos conforme Ley de 9 de Febrero de 1937 por el término de treinta y seis horas a contar de las seis de la tarde del día sábado hasta las seis de la mañana del día lunes de todas las semanas del corriente mes de Noviembre. La contravención a esta disposición será penada con el decomiso de arma o armas y la correspondiente multa de doscientos córdobas como falta de Policía. Segundo.-Quedan exceptuados de la disposición anterior, las personas enumeradas en los Artos. 2, 3 y 4 de la citada Ley de portación de armas. Tercero.-El presente Decreto surte sus efectos desde su publicación por bando en todas las cabeceras departamentales y será publicado también en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en Casa Presidencial. - Managua, D. N., a los cinco días del mes de Noviembre de mil novecientos setenta y uno. - A. SOMOZA D. - El Ministro de la Gobernación, M. Buitrago Aja." -