Se Señala Quien Deba Reponer Al Director De Policía En Ciertos Casos

Descarga el documento

Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Orden Interno Rango: Decretos Ejecutivos - SE SEÑALA QUIEN DEBA REPONER AL DIRECTOR DE POLICÍA EN CIERTOS CASOS. Decreto Ejecutivo, Aprobado el 27 de Enero de 1899 Publicado en La Gaceta No. 690 del 31 de Enero de 1899 Por cuanto, se ha consultado cuál es el funcionario que debe conocer en los asuntos en que esté excusado el Director de Policía en los lugares en donde no haya Subdirector al Comandante de Sección, el Presidente de la República en uso de sus facultades, DECRETA: 1º- En falta de los funcionarios especificados en el art. 2º del Reglamento de la Policía Republicana de 19 de Marzo de 1895, el Jefe Político respectivo designará un oficial militar, prefiriendo a los que estén de alta, que conozca con funciones de Director de Policía en el asunto en que se halle inhibido el propietario. 2º- La designación se extenderá al pie de la última diligencia en que conste la separación del Director. 3º- Queda así adicionado el referido artículo 2º- del Reglamento de la Policía Republicana, y el presente decreto regirá desde su publicación. Dado en Managua, a 27 de Enero de 1899  J.S. Zelaya  El Ministro de Policía  Fernando Abaunza. -