Se Reforma Un Artículo (Sobre Polizas De Mercancias)

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Decretos Ejecutivos - SE REFORMA UN ARTÍCULO (SOBRE PÓLIZAS DE MERCANCÍAS) DECRETO EJECUTIVO, Aprobado el 17 de Noviembre de 1897 Publicado en La Gaceta No. 389 del 21 de Noviembre de 1897 El Presidente del Estado, en uso de sus facultades, decreta: Único - El artículo 6º del decreto de 10 del corriente, se leerá así: El cinco por ciento del valor total de las pólizas se pagará precisamente con las órdenes á que se refiere el presente decreto: y el comerciante introductor que no los presentare en cantidad suficiente y hubiere de pagar en efectivo, sufrirá un recargo de 6 % sobre el importe de la póliza. Dado en Managua, á 17 de Noviembre de 1897- J. S. Zelaya - El Ministro de Hacienda  Enrique C. López. -