Se Reforma El Arto.2 Del Decreto 55-98 “Reglamento Del Arto.11 De La Ley 290

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Decretos Ejecutivos - (SE REFORMA EL ARTO.2 DEL DECRETO 55-98 REGLAMENTO DEL ARTO.11 DE LA LEY 290) DECRETO No. 692000, Aprobado el 9 de Agosto del 2000 Publicado en La Gaceta No. 153 del 15 de Agosto del 2000 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, HA DICTADO El siguiente DECRETO Artículo 1.- Se reforma el artículo 2 del Decreto 55-98 publicado en La Gaceta, Diario Oficial número 167 del 4 de Septiembre de mil novecientos noventa y ocho el que se leerá así: Arto.2 Las Secretarías son dependencias que asisten al Presidente de la República y sus funciones son las siguientes: 1. Apoyar al Presidente de la República en la coordinación de acciones que por su naturaleza no competen a ningún Ministerio ente gubernamental o empresa pública. 2. Formular, proponer, coordinar y dirigir los planes de trabajo de la Secretaría correspondiente de conformidad a las funciones señaladas en el presente Decreto. 3. Otras que el Presidente de la República les asigne. Artículo 2.- Se adiciona un nuevo numeral 7 al artículo 3 del Decreto 55-98, el que se leerá así: 7 Firmar y librar certificaciones de acuerdos ejecutivos y tomas de posesión de los funcionarios nombrados. Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el nueve de Agosto del año dos mil. ARNOLDO ALEMAN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua. -